lunes, 9 de enero de 2017

DOCUMENTOS Y CARTILLAS MATERNIDAD DE ATEGORRIETA




FOTO 1 Maternidad de Ategorrieta, Villa San José. Residencia Maternal de la Caja Nacional del Seguro de Enfermedad. 1947. Foto cedida por Eneko E. Oroz

EXCEDENCIA FORZOSA PARA MATRONAS Y ENFERMERAS
La excedencia forzosa por razón de matrimonio en el caso de la mujer trabajadora, fue ley fundamental (declaración segunda del Fuero del Trabajo), en virtud de una peculiar concepción del papel de la mujer en la sociedad.

El Fuero del Trabajo de 1938
En el ámbito de la producción el franquismo anunció la legislación laboral unos días antes de la publicación del Fuero del Trabajo con el decreto de 4 de marzo de 1938 que establecía un aumento salarial por elaboración del yute del 30% en los obreros y del 12% en las obreras.

El 9 de marzo de 1938 se promulga el decreto del Fuero del Trabajo, uno de los principales documentos legislativos del régimen que, entre otras cosas, aportó los fundamentos paternalistas del Sindicato Vertical y redefinió el status laboral de la mujer. Creado por dos grupos, el primero de adscripción ideológica falangista y con la influencia de la Magna Carta del Lavoro de Mussolini (1928): D. Ridruejo, J. Conde y J. Garrigues; y el segundo, tradicionalista monárquico: E. Aunós, Y. Messía y E. Bilbao.

En el preámbulo se habla primero de los objetivos de su particular revolución militar, religiosa y nacional - sindicalista, manifestando su lucha contra el materialismo marxista y el capitalismo liberal. Se destaca la subordinación de la economía a la política y asimila la creación de riqueza del pueblo español a la riqueza de la nación. La tercera parte legitima el Fuero afirmando que es al servicio de los que combaten y con sus deseos.

El Fuero define el trabajo como un deber personal/nacional del individuo impuesto por Dios, enfrentado al trabajo “mercancía” (fuerza de trabajo vendible) del capitalismo, el trabajo como derecho proporcionado por el Estado, cuya función es proporcionarlo y proteger al trabajador-persona y nación, una relación jerárquica directa de deberes y protecciones: un totalitarismo. El Servicio será el trabajo desinteresado a la nación, y aquí lo nacional fagocita a lo social. El Estado protege la propiedad privada y la iniciativa empresarial y renuncia a ser empresario a no ser que falte iniciativa empresarial.

FOTO 2 Legislación de Subsidios Familiares, 18 de Julio de 1938

El Estado sostiene como raíz en el Fuero y después en posteriores leyes disposiciones restrictivas en el trabajo (en los puntos II y III) bajo parámetros de protección paternalista. Una cadena de protecciones: la estatal, la empresarial y la marital o familiar. La primera protege y obliga a respetar tradiciones y ceremonias religiosas y prohíben el trabajo nocturno de mujeres y el trabajo de mujeres casadas. La segunda protege y obliga a los trabajadores a la productividad y al respeto de la jerarquía empresarial. La tercera es a la mujer y será detallado en otras leyes posteriores al Fuero.

Legislación laboral durante el Régimen franquista (1939 – 1975)
El nuevo régimen no tardó en aplicar con relación al trabajo femenino los preceptos fundamentales del nacional-catolicismo. En el Fuero del Trabajo de 9 de marzo de 1938 se estableció que el estado “liberará a la mujer casada del taller y de la fábrica”.

Durante este periodo se mantuvo vigente la legislación laboral anterior a la República, proyectándose una nueva normativa que pretendía limitar el acceso de la mujer, sobretodo casada, al mundo asalariado reforzando el modelo ganador de pan según el cual el mantenimiento de la familia era responsabilidad del varón cabeza de familia. Este principio rector, al menos durante las dos primeras décadas del régimen, quedaba sancionado en el preámbulo de la Ley de bases de 18 de julio de 1938.

FOTO 3 Enfermeras y Matronas en el Hospital Civil 1949. Fotógrafo Tomás Bravo

La mencionada ley creaba los subsidios familiares, un intento por mantener a la mujer en el espacio doméstico, favorecer el crecimiento demográfico y aumentar los bajos salarios de la posguerra. El subsidio ascendía a 30 pesetas mensuales a partir del segundo hijo y aumentaba progresivamente en 15 pesetas por hijo hasta un máximo de 12 hijos. El pago se realizaba al cabeza de familia. Mediante la Orden de 26 de marzo de 1946 se privaba a todos los hombres del cobro del subsidio familiar en el caso de que su mujer trabajase.

Este tipo de medidas claramente natalistas se vieron reforzadas por el restablecimiento en muchas empresas, empezando por la administración pública y las empresas estatales, de las excedencias forzosas por matrimonio y la prohibición de contratar a mujeres casadas.

El nuevo estado no sólo pretendió “liberar” a la mujer obrera, sino que también intentó apartar a la mujer que había cursado estudios de las profesiones liberales. Durante los años 40 se prohibirá su acceso, entre otras profesiones, a la abogacía del Estado, al servicio de Aduanas, a la inspección técnica del Trabajo, a la fiscalía y judicatura, etc. la única profesión liberal abierta a la mujer era también la peor remunerada: el magisterio.

A pesar de todo este tipo de medidas, la presencia de mujeres en el trabajo asalariado aumentó considerablemente durante las dos primeras décadas de la posguerra. En parte debido a este hecho, hacia finales de los años 50 se produjo un cambio de actitud del régimen franquista respecto al trabajo de la mujer. La revisión de la política económica “Plan de Estabilización (1959), Plan de Desarrollo (1961)” y la necesidad de la expansión industrial del país, hacía necesario el aumento de la población activa. Dado que la mano de obra masculina había tocado techo, se optó por recurrir al reclutamiento de mujeres mediante una ligera relajación del férreo discurso de la domesticidad.

FOTO 4 Practicantes, Enfermeras y Matronas en el Hospital Civil 1947 (Saturnina García)

En la Ley de derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer (1961) se recogió el principio de no discriminación por sexo ni estado civil en el ejercicio de los derechos mencionados en el título de la ley. También se garantizaba el derecho de la mujer a prestar servicios laborales en plena igualdad jurídica con el hombre, así como a percibir un salario idéntico por igual trabajo (artículo 4). La ley, sin embargo, seguía limitando el acceso de la mujer a aquellos trabajos peligrosos, insalubres o penosos recogidos por los convenios internacionales, a los cuerpos del ejército, la marina mercante y la administración de justicia. El cambio de estado civil no podía alterar la relación laboral, aunque al contraer matrimonio, la mujer podía optar entre continuar trabajando, rescindir el contrato de trabajo o acogerse a una excedencia voluntaria de entre uno y tres años.

Otras medidas de la última etapa del régimen franquista que fueron abriendo las posibilidades profesionales de la mujer fueron:

La Ley de 28 de noviembre de 1966, admitía finalmente a la mujer en la carrera judicial y fiscal.

El principio de igual salario a igual trabajo, fue ratificado mediante el Decreto de 27 de octubre de 1967.

El Decreto de 20 de agosto de 1970, eliminaba la discriminación en relación con los períodos de aprendizaje, proporcionando a la mujer trabajadora que quería casarse, la oportunidad de seguir haciéndolo o poner fin a su contrato mediante una dote compensatoria. El decreto también otorgaba a la mujer embarazada la posibilidad de darse de baja temporalmente durante un periodo no inferior a un año ni superior a tres.

FOTO 5 Asistencia al Curso teórico-práctico, 50 pesetas al mes. Carnet del Consejo Nacional de Ayudantes Técnicos Sanitarios

Ver: Fuero del Trabajo y la Ley 56/1961 sobre derechos civiles, políticos y profesionales de la mujer.

A continuación, pongo estos enlaces del Estatuto jurídico de personal sanitario no facultativo promulgado en el año 1967 y 1973, pero creo que para entonces ya se había derogado ese precepto.

En este enlace se hace un repaso del proceso del trabajo y la mujer durante el franquismo

Fuero del trabajo de 1938

FOTO 6 Programa Teórico del Practicante. Segundo Curso 1949

PROGRAMA TEÓRICO Y PRÁCTICO DE PRACTICANTE DE MEDICINA
1945 - 1949

PROGRAMA TEÓRICO DE PRACTICANTE

SEGUNDO CURSO

Lección 1ª.- Concepto de infección. Puertas de entrada de los agentes infecciosos. Modo de transmisión de las enfermedades infecciosas. Asepsia y antisepsia.
Lección 2ª.- Concepto de inflamación. Causas y síntomas. Supuración. Fístulas y úlceras. Linfagitis y erisipela.
Lección 3ª.- Material de curas: Gasa, algodón, Silk. Machintosh, Gutapercha laminado. Parafina. Tules grasos. Colodión. Esparadrapo. Barnices y pastas.
Lección 4ª.- Esterilización por medio de calor. Flameado. Estufa de Poupinel. Ebullición. Vapor de agua sin presión. Vapor de agua a presión. Autoclaves.
Lección 5ª.- Antisépticos más empleados. Cloro, Hipocloritos, Licor de Labarraque. Solución Dakin. Cloraminas. Iodo. Agua oxigenada. Peróxidos. Gas sulfuroso. Ácido bórico. Perborato sódico. Permanganato potásico.
Lección 6ª.- Antisépticos (continuación). Sales de plata. Sales de mercurio. Éter sulfúrico. Aldehido fórmico. Iodoformo. Fenol. Lisol. Timol. Naftol. Ácido salicílico. Alcohol.
Lección 7ª.- Esterilización de los recipientes. (Cubetas, bandejas). Esterilización del instrumental de corte. Esterilización del instrumental metálico corriente. Esterilización de sondas y bujías. Esterilización del vestuario, sábanas, compresas, torundas, material de curas.
Lección 8ª.- Esterilización de cepillos, guantes. Material de suturas. Ligaduras y desagüe. Esterilización del catgut. Desinfección de las manos y del campo operatorio. Esterilización del agua.
Lección 9ª.- Sala de operaciones. Mobiliario y su conservación. Ventilación. Iluminación. Calefacción y desinfección de la sala de operaciones. Preparación del local para una intervención.
Lección 10ª.- Preparación de un enfermo para ser operado. Su traslado a la sala de operaciones. Manera de sujetarlo a la mesa. Precauciones que deben adaptarse. Principales posiciones en que puede colocarse, Trendelemburg, Rose, Simns, etc.). Conservación de la asepsia durante el acto operatorio.
Lección 11ª.- Traslado de un operado a su cama. Precauciones que deben adoptarse. Posiciones en que debe colocarse a un operado. Colocación de calentadores. Vigilancia de pulso y temperatura. Observación del apósito. Alimentación de los operados. Complicaciones post-operatorias más frecuentes. Síntomas que hacen precisa la intervención del Profesor.
Lección 12ª.- Hemorragias arteriales, venosas y capilares. Hemorragia interna. Epistaxis. Hemoptisis, Hematemesis. Melenas. Hematuria. Metrorragia.
Lección 13ª.- Hemostasia quirúrgica preventiva. Compresores de Líedher, Lhome, Torniquete. Garrote. Espica elástica. Tubo de Ribera. Compresión digital: puntos de elección para cada arteria. Isquemia quirúrgica.
Lección 14ª.- Hemostasia quirúrgica definitiva. Pinza hemostáticas. Ligadura. Sutura. Angiotripsia. Taponamiento. Agentes físicos y químicos utilizados como hemostáticos.
Lección 15ª.- Taponamiento de las fosas nasales. Taponamiento de la vagina.
Lección 16ª.- Anestesia general. Cloroformo. Preparación del enfermo para ser anestesiado. Instrumental y técnica de la anestesia. Accidentes post-anestésicos.
Lección 17ª.- Anestesia general por medio del éter. Instrumental. Técnica. Particularidades de esta anestesia. Anestesia general con protóxido de nitrógeno, cloruro de etilo y xenoformo.
Lección 18ª.- Anestesia general por vía laríngea, traqueal, rectal e intravenosa. Preparación del enfermo. Raquianestesia y anestesia epidural. Preparación del instrumental y del enfermo. Cuidados especiales que deben observarse con estos anestesiados.
Lección 19ª.- Anestesia local. Hielo Mezclas frigoríficas, pulverizaciones de éter. Cloruro de etilo. Cloruro de metilo. Cocaína y sucedáneos. Anestesia por pincelaciones. Pulverizaciones. Instalaciones e inyecciones.
Lección 20ª.- Cura aséptica. Signos que fundamentan la renovación de las curas. Técnica de la cura aséptica.
Lección 21ª.- Curas antisépticas más comúnmente empleadas. Medios auxiliares de las curas: Embarcación, fomentos, irrigación y cauterización.

FOTO 7 Programa Teórico del Practicante. Segundo Curso 1949

Lección 22ª.- Inyecciones hipodérmicas. Instrumental. Sitios de elección técnica. Accidentes que pueden presentarse. Manera de prevenirlos y tratarlos.
Lección 23ª.- Inyecciones de sueros salinos. Instrumental y técnica. Inyección de sueros animales: Accidentes y manera de evitarlos. Otros sistemas de inyección. Auto-inyectables. Vapores de iodo. Inyecciones gaseosas.
Lección 24ª.- Inyecciones intramusculares. Sitios de elección. Instrumental. Técnica. Accidentes. Inyecciones intravenosas.
Lección 25ª.- Operaciones quirúrgicas fundamentales. Diéresis. Bisturí. Partes de que consta: su conservación y esterilización. Manejo del bisturí. Tijeras: variedades, conservación y esterilización y modo de manejarlos. Trócares. Función simple. Aspiradores. Función aspiradora.
Lección 26ª.- Suturas. Material e instrumental. Técnica. Condiciones que debe reunir una herida para ser saturada. Desagüe quirúrgico.
Lección 27ª.- Contusiones y heridas. Variedades. Conducta del practicante. Cura de urgencia.
Lección 28ª.- Quemaduras y congelaciones. Conducta del practicante. Cura de urgencia.
Lección 29ª.- Cateterismo uretral y lavado de vejiga. Instrumental técnica. Lavado de estómago. Instrumental y técnica.
Lección 30ª.- Vacunación antivariólica. Técnica. Complicaciones. Medios de prevenirles. Empleo de vacunas preventivas y curativas. Técnica. Dosificación.
Lección 31ª.- Flebotomía. Instrumental. Sitios de elección. Técnica. Accidentes. Emisiones sanguíneas locales. Ventosas escarificadas. Sanguijuelas.
Lección 32ª.- Primeros auxilios que pueden prestarse a los asfixiados. Síncopes e intoxicados.
Lección 33ª.- El Practicante en Oftalmología y en Otorrinolaringología. Instrumental: su conservación. La cura en estas especialidades.
Lección 34ª.- El Practicante en Ginecología y Urología. . Instrumental: su conservación. Cura en estas especialidades.
Lección 35ª.- Básculas médicas. Peso de los niños de pecho. Biberones; su limpieza y esterilización. Esterilización de la leche.
Lección 36ª.- Idea general de aparatos y objetos de Laboratorio. Material aforado. “Pipetas, buretas, matraces, probetas”. Cuidados para la conservación de balanzas, microscopio y micrótomo. Filtración y centrifugación. Técnica de la recogida de productos en clínica para ser remitidos al Laboratorio. (Sangre, pus, exudados, etc.).
Lección 37ª.- Estudio de la pelvis de la mujer. Diámetros, planos y ejes.
Lección 38ª.- Estudio anatómico del periné y órganos genitales externos de la mujer.
Lección 39ª.- Vagina, útero y aparato mamario. Modificaciones que experimentan en el embarazo.

FOTO 8 Programa Teórico del Practicante. Segundo Curso 1949

Lección 40ª.-Estudio del feto de término.
Lección 41ª.- Anejos fetales.
Lección 42ª.- Signos del embarazo y procedimientos exploratorios.
Lección 43ª.- Estudio del parto normal.
Lección 44ª.- Presentación de vértice. Diagnóstico y mecanismo.
Lección 45ª.- Presentación de cara. Diagnóstico y mecanismo.
Lección 46ª.- Presentación de nalgas. Diagnóstico y mecanismo.
Lección 47ª.- Presentación de tronco. Diagnóstico y mecanismo.
Lección 48ª.- Estudio del alumbramiento.
Lección 49ª.- Cuidados que requiere el recién nacido.
Lección 50ª.- Puerperio.

PROGRAMA PRÁCTICO DE PRACTICANTE

Segundo Curso

Tema 1.- Esterilización de una cubeta o bandeja. Esterilización del instrumental de corte.
Tema 2.- Esterilización del instrumental metálico corriente. Manejo de la estufa de Peupinel.
Tema 3.- Manejo del autoclave. Preparación del vestuario, sábanas y material de curas. Su esterilización.
Tema 4.- Esterilización de cepillos, guantes, material de sutura y desagüe. Esterilización de sondas y bujías.
Tema 5.- Esterilización del agua. Desinfección de manos y campo operatorio.
Tema 6.- Vestirse para ayudar a una operación.
Tema 7.- Sujeción de un enfermo a la mesa de operaciones. Posición de Trendelemburg, Rose y Sims.
Tema 8.- Traslado de un operado de la mesa de operaciones a la cama.
Tema 9.- Observación de pulso y temperatura. Obtención de una gráfica.
Tema 10.- Aplicación de un compresor para suspender riego arterial en un miembro.
Tema 11.- Compresión por el método de Ribera. Isquemia quirúrgica.
Tema 12.- Compresión digital de las arterias: carótida, subclavia, axilar, humeral, radial o cubital.
Tema 13.- Compresión digital de las arterias femoral, tibial, posterior o pedia.
Tema 14.- Taponamiento de las fosas nasales.
Tema 15.- Simulacro de anestesia clorofórmica con mascarilla.
Tema 16.- Simulacro de anestesia por el éter con aparato de Ombredanna.
Tema 17.- Preparación del instrumental para una raquianestesia. Posición del enfermo.
Tema 18.- Preparación del instrumental para anestesia epidural. Posición del enfermo.
Tema 19.- Anestesia local con cloruro de etilo.
Tema 20.- Preparación del instrumental y disoluciones para una anestesia local o regional con novocaína.
Tema 21.- Renovar un apósito aséptico.
Tema 22.- Esterilizar y montar una jeringa. Manera de cargar una solución fluida o viscosa.
Tema 23.- Técnica de una inyección hipodérmica (en el cadáver).
Tema 24.- Inyección de suero fisiológico (sistema corriente).
Tema 25.- Inyección de suero fisiológico (sistema rápido).
Tema 26.- Inyección de vapores de iodo.
Tema 27.- Inyección intramuscular.
Tema 28.- Manejo del bisturí y de la tijera.
Tema 29.- Preparación del instrumental para practicar una punción aspiradora.
Tema 30.- Suturas.
Tema 31.- Vacunación.
Tema 32.- Aplicación de ventosas escarificadas.
Tema 33.- Simulacro de sangría.
Tema 34.- Preparación de material e instrumental para taponamiento vaginal.
Tema 35.- Preparación de material e instrumental para lavado de estómago.
Tema 36.- Preparación de material e instrumental para exploración de nariz.
Tema 37.- Preparación de material e instrumental para practicar una craneosictomía.
Tema 38.- Preparación de instrumental para practicar una resección.
Tema 39.- Preparación de instrumental para practicar una amputación.
Tema 40.- Preparación de instrumental para practicar una gastrectomía.
Tema 41.- Preparación de instrumental para practicar una talla hipogástrica.
Tema 42.- Preparación del instrumental para practicar un legrado.
Tema 43.- Pelvimetría.
Tema 44.- Procedimientos exploratorios para el diagnóstico del embarazo.
Tema 45.- Mecanismo del parto en occipito. Iliaca – izquierda antevaginal.
Tema 46.- Protección del periné.
Tema 47.- Maniobra de Gredé.
Tema 48.- Ligadura del cordón umbilical.
Tema 49.- Maniobra de Maruricoau.
Tema 50.- Respiración artificial.

FOTO 9 Programa de oposiciones para provisión de plazas de Practicantes de Asistencia Pública Domiciliaria, 1945

PROGRAMA DE OPOSICIONES PARA PROVISIÓN DE PLAZAS DE PRACTICANTES DE ASISTENCIA PÚBLICA DOMICILIARIA EN MUNICIPIOS DE 8.000 o MÁS HABITANTES. (B.O.E. 25 de febrero de 1945)

Tema 1º.- Puntos de referencia y líneas principales para la determinación topográfica de los órganos y regiones.
Tema 2º.- Esqueleto humano. Proporciones de que consta. Constitución ósea del cráneo y de la cara.
Tema 3º.- Constitución ósea del tronco y extremidades.
Tema 4º.- Descripción general de las grandes articulaciones.
Tema 5º.- Idea general del aparato genital masculino.
Tema 6º.- Idea general del aparato genital femenino.
Tema 7º.- Idea general del aparato urinario.
Tema 8º.- Idea general del aparato digestivo.
Tema 9º.- Idea general del aparato respiratorio.
Tema 10º.- Idea general del aparato circulatorio.
Tema 11º.- Idea general del sistema muscular.
Tema 12º.- Idea general del sistema nervioso.
Tema 13º.- Temperatura del hombre y sus oscilaciones. Termometría.
Tema 14º.- Idea general d las secreciones internas. Principales hormonas.
Tema 15º.- Descripción de las funciones olfatorias, auditivas y gustativas.
Tema 16º.- Parto. Su mecanismo.
Tema 17º.- Intervención de urgencia del Practicante en las contusiones, heridas y abscesos en general.
Tema 18º.- Intervención de urgencia del Practicante en las curas del aparato visual y del auditivo.
Tema 19º.- Intervención de urgencia del Practicante en las curas de las fosas nasales. Asepsia y antisepsia.
Tema 20º.- Hemorragias arteriales y venosas. Caracteres y formas de cohibirlas.
Tema 21º.- Puntos de elección para la compresión de los principales vasos sanguíneos, con el fin de cohibir la hemorragia.
Tema 22º.- Ligaduras de urgencia. Material necesario para cada caso.
Tema 23º.- Conocimientos elementales del tratamiento de la difteria.
Tema 24º.- Conocimientos elementales del tratamiento de la pulmonía.
Tema 25º.- Conocimientos elementales del tratamiento del tifus.
Tema 26º.- Primeros auxilios en casos de asfixia de traumatismo o de intoxicación.
Tema 27º.- Investigación cualitativa de albúmina y glucosa en orina. Métodos.
Tema 28º.- Vendajes más comúnmente usados en diversas afecciones y fracturas.
Tema 29º.- Inyecciones hipodérmicas intramusculares y endovenosas. Técnica.
Tema 30º.- Puntos de elección de las flebotomías del brazo, mano y pie.
Tema 31º.- Baños terapéuticos. Su clasificación y modo de aplicarlos.
Tema 32º.- Conducta del Practicante para con el Médico y las órdenes deontológicas, jerárquico y profesional.

PROGRAMA PARA LAS OPOSICIONES DE PRACTICANTES TITULARES

Publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 3 de mayo de 1956

INSTITUTO EDITORIAL REUS
Centro de Enseñanza y Publicaciones, S. A.
Preciados, 6 y 23
Madrid. Año 1956

MINISTERIO DE LA GOBERNACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD

PRIMER EJERCICIO.- ESCRITO

1º.- descripción del organismo humano en general. Regiones topográficas: planos y ejes y puntos que deben ser estudiados.
2º.- Descripción general del esqueleto humano. Clasificación de los huesos y su enumeración.
3º.- Anatomía del cráneo y la cara.
4º.- Anatomía de la región torácica.
5º.- Anatomía de la región abdominal.
6º.- El raquis y la pelvis. Estudio anatómico.
7º.- Descripción anatómica del aparato locomotor de las extremidades superiores.
8º.- Descripción anatómica del aparato locomotor de las extremidades inferiores.
9º.- Anatomía del corazón y de los grandes vasos.
10º.- Fisiología de la circulación sanguínea.

FOTO 10 Programa para las oposiciones de Practicantes Titulares, 1956

11º.- Anatomía del aparato digestivo.
12º.- Fisiología del aparato digestivo.
13º.- Anatomía del aparato respiratorio.
14º.- Fisiología del aparato respiratorio.
15º.- Anatomía del aparato genital femenino.
16º.- Fisiología del aparato genital femenino.
17º.- Anatomía y fisiología del aparato genital masculino.
18º.- Anatomía y fisiología del aparato urinario.
19º.- Anatomía y fisiología del sistema nervioso central.
20º.- Los órganos de los sentidos. Anatomía y fisiología de los aparatos olfatorio y auditivo.
21º.- Anatomía y fisiología de los aparatos de la visión, gustativo y táctil.
22º.- Enumeración de las glándulas de secreción interna. Posición y funciones importantes.

FOTO 11 Programa Teórico del Practicante. Segundo Curso 1949

SEGUNDO EJERCICIO.- ORAL

1º.- Derechos y deberes de los Practicantes titulares. Plantilla y clasificación de plazas de Practicantes titulares.
2º.- Ingreso. Vacantes y provisión de plazas en el Cuerpo de Practicantes titulares. Situaciones administrativas de estos funcionarios.
3º.- El Centro Primario de Higiene Rural. Relaciones del Practicante titular con los regímenes de los Seguros Sociales de Enfermedad y Accidentes de Trabajo.
4º.- Dependencia del Practicante titular con el Médico A. P. D., Jefe local de Sanidad. Moral profesional del Practicante titular.
5º.- La terapéutica como fin de la Medicina. La prescripción médica secundada por el Practicante. Consideraciones legales sobre la receta médica y su despacho por la Farmacia.
6º.- Reglas y consejos elementales sobre la higiene de la alimentación. La dietética en los enfermos agudos y crónicos.
7º.- Los síntomas de enfermedad y maneras de recogerlos para informar la Médico. La gráfica de temperatura, pulso y respiración. Otros síntomas externos que pudieran ser de interés para el juicio médico.
8º.- Idea general de las enfermedades infecciosas. Medidas generales de profilaxis.
9º.- Ideas generales sobre desinsectación y desratización. El despiojamiento. La captura y envío de animales vectores de enfermedades para su estudio.
10º.- Aplicación de las vacunas antivariólica, antitífica y antidiftérica. Otras vacunas profilácticas que pueden ser acordadas por las autoridades sanitarias.
11º.- Material necesario para la práctica de las distintas clases de inyecciones. Esterilización. Normas para la aplicación de los antibióticos y medicaciones especiales.
12º.- La administración de sueros inmunizantes: sus clases y accidentes que pueden ocasionar. Técnicas para evitar las reacciones séricas.
13º.- La administración de medicamentos por vía parenteral. Las inyecciones intradérmicas, subcutáneas e intramusculares: sus técnicas. Accidentes que pueden presentarse y manera de evitarlos.
14º.- “El gota a gota” endovenoso y rectal. Sus técnicas. La inyección endovenosa: técnica, accidentes más frecuentes y manera de evitarlos.
15º.- Anatomía de las venas asequibles a la flebotomía. Técnica de la sangría. Otros métodos de emisión sanguínea.
16º.- Tomas de sangre para el recuento y fórmula leucocitaria, velocidad de sedimentación y otros análisis hematológicos.
17º.- Preparación y envío de piezas operatorias y otros productos para hacer análisis.
18º.- Técnica de la aplicación de aerosoles y de la terapéutica con oxígeno.
19º.- Técnica de aplicación de las prescripciones médicas en la terapéutica dermatológica y oftalmológica.
20º.- Hidroterapia y baños artificiales. Instilaciones e irrigaciones. Sus técnicas más frecuentes.
21º.- El masaje y la reeducación. Movilización activa y pasiva. Técnicas y aparatos de más corriente uso.
22º.- Enumeración de las intoxicaciones y envenenamientos más frecuentes. Métodos urgentes de tratamiento.
23º.- Técnica del lavado de estómago. Idem del sondaje uretral.
24º.- Concepto de la asepsia. Preparación de las manos, campo operatorio y material para una correcta asistencia quirúrgica.
25º.- Concepto general y clasificación de las heridas.
26º.- Signos de infección de las heridas. Métodos preventivos.
27º.- La llamada cirugía menor. Incisión, punción aspiradora.
28º.- Hemorragias. Hemostasia provisional. Compresión de los troncos vasculares. Taponamiento.
29º.- Conducta del Practicante en la asistencia urgente a un herido.
30º.- Conducta del Practicante ante un fracturado de un hueso largo de los miembros.
31º.- Conducta del Practicante ante un quemado.
32º.- Concepto de la moderna reanimación de urgencia. Técnica de la respiración artificial.
33º.- Los accidentes de tráfico, en el deporte, industria, agricultura, catástrofes y en las guerras. Características de cada uno de ellos. Improvisación de la asistencia y conducta a seguir por el Practicante.
34º.- El Practicante como auxiliar del Médico en las intervenciones quirúrgicas, anestesia y transfusiones.
35º.- El Practicante titular como auxiliar del Médico en las autopsias.
36º.- Vendajes en general: sus clases. Estudio de los vendajes simples.
37º.- Vendajes compuestos. Vendajes mecánicos. Técnicas de aplicación de cada uno de ellos.
38º.- Técnica de los vendajes enyesados. Vendajes de cola de cinc. Gotieras y férulas.
39º.- La asistencia al parto normal. Períodos del mismo. Preparación del material para su asistencia.
40º.- Signos que manifiestan una anormalidad en el curso del embarazo, parto y puerperio. Conducta a seguir por el Practicante. Preparación del instrumental para una intervención topológica.
41º.- Cuidados del recién nacido. Profilaxis de la ceguera. Anomalías manifiestas del recién nacido. Higiene del recién nacido.

TERCER EJERCICIO.- PRÁCTICO

1º.- Autoclave. Descripción, manejo y aplicaciones.
2º.- Cómo deben disponerse las ropas, gasas, compresas y torundas en las bombonas para su esterilización.
3º.- Esterilización del instrumental por ebullición. Idem por el flameado. Materiales susceptibles de esta esterilización.
4º.- Limpieza y cuidados del instrumental.
5º.- Instrumental necesario para una craniectomía.
6º.- Instrumental necesario para una traqueotomía.
7º.- Instrumental más usado en oftalmología.
8º.- Instrumental más usado en otorrinolaringología.
9º.- Instrumental más usado en urología.
10º.- Instrumental más usado en una laparotomía.
11º.- Descripción y manejo del termocauterio.
12º.- Sondas uretrales. Modelos. Limpieza. Conservación y esterilización de este material.
13º.- Vendajes: Capelina de Hipócrates. Monóculo y binóculo.
14º.- Cruzado de cuello y axila.
15º.- Cruzado de cabeza y maxilar inferior. Fronda de barba.
16º.- Espica de hombro. Cruzado de mama.
17º.- Vendajes espiral de miembro superior e inferior. Vendaje de cuerpo.
18º.- Idea general de los medios de tracción y suspensión.
19º.- Desinfección y excretas: desinfección de deyecciones, esputos y orina. Esterilizadores de escupideras.
20º.- El lavado bajo el punto de vista de la profilaxis. Lejiación. Ebullición. Descripción detallada de una maquina lavadora. Técnica de su empleo y aplicación de sustancias jabonosas.
21º.- Desparasitación. Sustancias insecticidas y ahuyentandoras. Desparasitación individual. Desparasitación colectiva en equipos locales.
22º.- La desparasitación por el gas cianhídrico. Técnica general de empleo. Accidentes.
23º.- El D. D. T. Diferentes desinfectantes de este tipo de actual empleo. Técnica de su aplicación en polvo. Técnica de su empleo en suspensión. Desinsectación de locales por estos productos.
Madrid, 26 de abril de 1956. El Director general, José A. Palanca.

Universidad de Madrid. Administración General. Facultad de Medicina
Curso de 1948 – 1949
Don José A. Muñoz Miura, ha entregado en este día, en pago de los derechos en metálico para la formalización de su matrícula NO OFICIAL de Primero de Practicante, en esta Facultad de Medicina, la cantidad de veintisiete pesetas con cincuenta céntimos, correspondiente a los siguientes conceptos:
Derechos de Matrícula…………………………… 20,00
Derechos de Patronato…………………………….. 5,00
Derechos de Formación de expediente…………..... 2,50
Total……………………………………………. 27,50
Madrid, 2 de septiembre de 1949. El Administrador.

Universidad de Madrid. Facultad de Medicina.
Carrera de Practicante 1º Curso. Enseñanza NO OFICIAL. Curso de 1948-49
Asignatura de Practicante de 1º curso.
Ha quedado matriculado en esta Facultad en la asignatura arriba expresada, pudiendo presentarse a examen ante el Tribunal, con esta papeleta, y el resguardo definitivo de Matrícula. Madrid, 23 de septiembre de 1949

FOTO 12 Cartilla Obra Sindical “18 de Julio”. Médico y Practicante. Cartilla cedida por Mª Carmen Casas

18 de julio

Historia Archivística: La documentación producida por la Delegación Nacional de Sindicatos se conservo en su propio Archivo General. Al crearse la Administración Institucional de los Servicios Socioprofesionales (AISS) se determinó la transferencia de la documentación de la extinguida Organización Sindical a los archivos dependientes del Ministerio de Cultura: la documentación de la Delegación Nacional y de las Delegaciones Provinciales de Madrid se remitió al Archivo General de la Administración, siguiendo instrucciones del Ministerio de Cultura. Entre 1977 y 1986 se realizaron 164 envíos con un total aproximado de 30.000 unidades de instalación que ocuparon tres módulos enteros de sus depósitos.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La concepción Nacional-Sindicalista de la Sanidad, no como servicio profesional más o menos mercantil sujeto a la ley de la oferta y la demanda, llevó a la Delegación Nacional de Sindicatos a la creación, en 9 de octubre de 1940, de la Obras Sindical del 18 de julio, como el órgano de la misma para la realización de la política sanitaria en su aspecto social. Con anterioridad a dicha fecha, la Mutualidad Médico-Farmacéutica Nacional Sindicalista solicitó a la Dirección General de Sanidad autorización para reanudar oficialmente sus actividades. Pero, creada, la Obra, pasaron sus componentes a formar parte de ésta, siendo absorbidas al propio tiempo las instalaciones de la antigua Mutualidad Obrera. Inicialmente la Obra encauzó sus actividades dividiéndolas en tres grandes secciones: Asistencia Sanitaria, Asistencia Médica y Medicina del Trabajo.

FOTO 13 Cartilla Obra Sindical “18 de Julio”. Médico y Practicante. Cartilla cedida por Mª Carmen Casas

En esta época inicial, la Obra Sindical 18 de julio; vino a desarrollar dos grandes funciones: la realización de la política sanitaria y social del Movimiento Nacional; y la prestación de asistencial médico-farmacéutica a los productores modestos. La Obra se rige fundamentalmente por la Orden General de Delegación número 32, de 9 de marzo de 1946. Entre las funciones de la Obra están: la higiene del trabajo y de los trabajadores, la asistencia de éstos en sus enfermedades, la intervención de la medicina en la organización científica del trabajo y la misma investigación, y las luchas sanitarias. También figura entre sus funciones el apoyo al desarrollo del Seguro por enfermedad, así como la asistencia sanitaria a los Montepíos y Mutualidades Laborales y Cajas de Empresa. En cuanto a su estructura la Obra se halla organizada en base a una Jefatura Nacional y las correspondientes provinciales, constituidas en la actualidad por las Dirección Médicas y Secretarías Provinciales de la Obra, dependientes de la Vicesecretaría Provincial de Obras Sindicales. Por Decreto 558/1971, de 1 de abril, del Ministerio de la Presidencia, la Obras Sindical 18 de julio; se integra en la Seguridad Social.


OBRA SINDICAL 18 DE JULIO

O.N.S.M.A.

GUIPÚZCOA

FOTO 14 Cartilla Obra Sindical “18 de Julio”. Médico y Practicante. Cartilla cedida por Mª Carmen Casas

1 de Noviembre de 1966
Normas que deberán tenerse presente para solicitar la Prestación Sanitaria de los diferentes Servicios

SIN FARMACIA
1º.- Para solicitar cualquier asistencia es indispensable la presentación de esta cartilla con la fotografía correspondiente.

2º.- Los Beneficiarios que no puedan exhibir el recibo del mes en curso, no tendrán acceso a nuestros Servicios y causarán baja por falta de pago de UNA mensualidad.

3º.- La asistencia médica domiciliaria se solicitará en el domicilio del Médico de Zona correspondiente, debiendo darse los avisos antes de las 10 de la mañana o de las 4 de la tarde, según se desea recibir la visita del Médico en la mañana o en la tarde respectivamente del día que se avisa.

4º.- Los servicios de Especialidades se darán en los consultorios de los Sres. Especialistas los días y horas que se indican en el cuadro, siendo imprescindible la presentación de una orden escrita del Médico de Zona correspondiente, excepto en las especialidades de Tocología, Oftalmología, Odontología y Traumatología.

5º.- Para todas las reclamaciones que sobre el funcionamiento de los Servicios deseen hacer los asegurados, se dirigirán por escrito al Director Médico de la Obra Sindical “18 de Julio” para su estudio y resolución.

FOTO 15 Cartilla Obra Sindical “18 de Julio”. Médico y Practicante. Cartilla cedida por Mª Carmen Casas

CUADRO DE ESPECIALISTAS CENTRAL

CIRUGÍA GENERAL.- Dr. Martín Santos (D. Leandro). Consulta en su Clínica (Barrio Eguía). Lunes, Miércoles, Jueves y Viernes de 11 a 12. Teléfono 15094

DERMATOLOGÍA.- Dr. Fombellida Diego (D. Francisco). Consulta en su domicilio, calle Iparraguirre, 13, entresuelo. Todos los días laborables (excepto sábados) de 5 a 7. Teléfono 19822

DIGESTIVO.- Dr. Azpiroz Miqueo (D. Ramón). Consulta en su domicilio, calle Prim nº 15 – 1º, todos los días laborables excepto sábados, de 12,30 a 1,30. Teléfono 15671

ENDOCRINOLOGÍA.- Dr. Villar Echaide (D. Javier). Consulta en su domicilio, calle Fuenterrabía nº 4 – 1º, todos los días laborables excepto sábados, de 4,30 a 5,30. Teléfono 15055

GINECOLOGÍA.- Dr. Gómez Ruiz. Consulta en Parque de Amara, A - 8º, izquierda, todos los día de 3,30 a 4,30 excepto sábados. Teléfono 12624

NEUROCIRUGÍA.- Dr. Arrazola Silió (D. Mariano). Consulta en su domicilio, calle Zabaleta nº 17 – 1º izquierda. Petición de hora. Teléfono 10483

NEUROSIQUIATRÍA.- Dr. Urrutia Larrea (D. José Manuel). Consulta en su domicilio, calle Usandizaga nº 3 – 3º todos los días excepto Jueves de 3 a 4. Teléfono 21811

ODONTOLOGÍA.- Dr. Caravaca Goicoechea (D. Miguel). Consulta en su domicilio, calle Urbieta 18, 1º todos los días excepto sábados de 9 a 10. Teléfono 14558

OFTALMOLOGÍA.- Dr. Azcoaga Arana (D. José María). Consulta en su domicilio Avenida de Sancho el Sabio, 15 – 2º todos los días excepto martes y sábados de 5 a 6. Teléfono 13681

OTORRINOLARINGOLOGÍA.- Dr. Alday Marticorena (D. Manuel). Consulta en su domicilio, calle Hermanos Iturrino nº 12, todos los días excepto sábados de 5 a 6. Teléfono 11204

PEDIATRÍA.- Dr. Sagardía Laurnaga (D. Miguel). Consulta en su domicilio, calle Garibay nº 13 entresuelo, todos los días excepto sábados de 5 a 7. Teléfono 15868

PULMÓN Y CORAZÓN.- Dr. López Uralde (D. Francisco). Consulta en su domicilio Paseo de Colón nº 6 – 1º, todos los días excepto sábados de 4 a 5. Teléfono 14137

RADIOLOGÍA.- Dr. Irigaray Urrutia (D. José María). Consulta en La Clínica Nuestra Señora del Pilar. Marruchipi. Teléfono 19609

TOCOLOGÍA.- Dr. Gómez Ruiz (D. Jesús). Consulta en su domicilio Parque de Amara, A -8º izquierda, todos los días excepto sábados de 3,30 a 4,30. Teléfono 12624

TRAUMATOLOGÍA.- Dr. Martín Santos Ribera (D. Leandro). Consulta en su Clínica (Barrio Eguía). Lunes, Miércoles, Jueves y Viernes de 11 a 12. Urgencias inmediatas las 24 horas. Teléfono 15094

UROLOGÍA.- Dr. Esnal Carbayo (D. Juan José). Consulta en su domicilio Primo de Rivera, A – 5º. Lunes, Miércoles y Viernes de 11,30 a 1. Teléfono 19394

ANÁLISIS.- Dr. Benito Iradier (D. César). Nueva nº 15, entresuelo de 9 a 10. Teléfono 14306

HOSPITALIZACIONES.- Las hospitalizaciones se realizarán en la Clínica de Nuestra Señora del Pilar (Ategorrieta Marruchipi). Teléfono 19609

TRANSFUSIÓN.- Dr. Cólera Martí (D. Juan). Clínica de Nuestra Señora del Pilar. Teléfono 19609

FOTO 16 Recibo de la mensualidad de Enero de 1971

Relación de Especialistas de Eibar
Dermatología: Dr. Goicoechea (D. Pedro)
Digestivo: Dr. Castilla Sáenz de Santamaría (D. Julián)
Oftalmología: Dr. Recalde Larre (D. José Luis)
Odontología: Dr. Imaz (D. Ramón)
Odontología. Dr. Aprell Artamendi (D. Alberto)

Zona Vergara
Otorrinolaringología: Dr. Zulueta Egaña (D. Luis)
Pediatría: Dr. Cano Seijo (Juan José)
Pulmón y Corazón: Dr. Poncela (D. Manuel)
Urología: Dr. Añíbarro Lebario (D. Enrique)
Análisis: Dr. Hernández Martín (D. José María)

Relación de Especialistas de Tolosa
Dermatología: Dr. Velilla Castañares (D. Emilio)
Digestivo: Dr. Zubeldia Beloqui (D. José Maria)
Ginecologia: Dr. Larramendi Larrañaga (D. Bibiano)
Odontología: Dr. Querejeta Elósegui (D. Manuel)
Oftalmología: Dr. Aguirre Aguirre (D. Pedro)
Otorrinolaringología: Dr. Durán Troncoso (D. J. María)
Pediatría: Dr. Azaldegui Uranga (D. Fernando)
Tocologia: Dr. Izaguirre Rezola (D. Benito)
Urologia: Dr. Bandrés Elósegui (D. José María)
Análisis: Dr. Olarreaga Recondo (D. Javier)

Relación de Especialistas de Irún
Oftalmología: Dr. Garmendia Duitmat (D. Enrique)
Odontología: Dr. Navarro Saiz (D. José Luis)
Otorrinolaringología: Dr. Alday Marticorena (D. Manuel)
Pediatría: (Dr. Fernández Carrocera (D. Ignacio)
Tocoginecología: Dr. Fanlo Nicolás (D. Arturo)
Urología: Dr. Esnal Carbayo (D. Juan José)
Análisis: Dr. Benito Iradier (D. César)

FOTO 17 Cartilla Obra Sindical “18 de Julio”. Médico y Practicante. Cartilla cedida por Mª Carmen Casas

Médico de Zona. Dr. Federico Fernández Ferreiros
Domicilio calle Usandizaga nº 3, de 5 a 6. Teléfono 14085

Practicante Don Luis María Aguirreolea Esteban
Domicilio calle Zabaleta nº 4 – 8º de 3,30 a 4,30. Teléfono 15993

Ambulancias Teléfono 19.609


OBRA “18 DE JULIO” DE LA SEGURIDAD SOCIAL
GUIPÚZCOA

CUADRO DE ESPECIALISTAS

SECTOR SAN SEBASTIÁN

Estos servicios entrarán en vigor el 1º de Octubre de 1972
Oficinas: Obra “18 de Julio” Teléfono 419985

CIRUGÍA GENERAL.- Dr. Pérez Foncea (D. Juan Antonio). Consulta: lunes, miércoles y viernes de 5 a 6 en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra.

DERMATOLOGÍA.- Dr. Fombellida Diego (D. Francisco). Consulta en su domicilio, calle Iparraguirre, 13, entresuelo. Todos los días laborables (excepto sábados) de 5 a 7. Teléfono 419822

FOTO 18 Cartilla Obra Sindical “18 de Julio”. Médico y Practicante. Cartilla cedida por Mª Carmen Casas

DIGESTIVO.- Dr. Barruso Araico (D: Carlos). Consulta: para Mutualidades laborales de 9 a 9,30 en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra. Asegurados de OSMA y Entidades Especiales de 4 a 5 en Peña y Goñi, 10. Teléfono 414240

ENDOCRINOLOGÍA.- Dr. Villar Echaide (D. Javier). Consulta en su domicilio, calle Fuenterrabía nº 4 – 1º, todos los días laborables excepto sábados, de 9 a 10. Teléfono 415055

NEUROCIRUGÍA.- Dr. Arrazola Silió (D. Mariano). Consulta en Plaza Pío XII nº 5 - 1º. Previa petición de hora: lunes, martes, miércoles y jueves. Teléfono 410483

NEUROSIQUIATRÍA.- Dr. Urrutia Larrea (D. José Manuel). Consulta en su domicilio, calle Usandizaga nº 3 – 3º todos los días excepto Jueves de 3 a 4. Teléfono 421811

ODONTOLOGÍA.- Dr. Caravaca Goicoechea (D. Miguel). Consulta en su domicilio, calle Urbieta 18, 1º todos los días excepto sábados de 9 a 10. Teléfono 414558

OFTALMOLOGÍA
CIRUJANO: Dr. Encinas Sanz (D. Jacinto David). Intervenciones en la Cruz Roja.
Consulta: Dr. Martín Jalle en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra, los lunes, miércoles, jueves y viernes de 4 a 4,30.

OTORRINOLARINGOLOGÍA.- Dr. Cabanas (D: Antonio) Consulta: lunes, jueves y viernes de 5 a 6 en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra.

PEDIATRÍA.- Dr. Sagardía Laurnaga (D. Miguel). Consulta en su domicilio, calle Garibay nº 13 entresuelo, todos los días excepto sábados de 5 a 7. Teléfono 415868

PULMÓN Y CORAZÓN.- Dr. López Uralde (D. Francisco). Consulta en su domicilio Paseo de Colón nº 6 – 1º, todos los días excepto sábados de 10,30 a 11. Para Asegurados de Mutualidades laborales de 4 a 5. Seguro Libre OSMA y Entidades Especiales. Teléfono 414137

RADIOLOGÍA.- Dr. Irigaray Urrutia (D. José María) Consulta de 4 a 6 todos los días laborables excepto sábados. Calle Prim nº 32 – 1º. Teléfono 420244

REUMATOLOGÍA.- Dr. Galparsoro Aguirre (D José María). Consulta de 4,30 a 5,30 todos los días laborables excepto sábados en Paseo de Colón nº 39 – 2º izquierda. Teléfono 417023

TOCOLOGÍA.- Dr. Fernández Barreda (D. Antonio). Consulta de 3,30 a 5,30 los lunes, miércoles y viernes en Paseo Juan Olazabal nº 15 entresuelo. Teléfono 426236

TRAUMATOLOGÍA.- Dr. Rentero Rodríguez (D. Fulgencio). Consulta en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra de 4 a 5 los lunes y miércoles para Mutualidades Laborales. Martes y jueves para Asegurados de Seguro Libre OSMA y Entidades Especiales.

UROLOGÍA.- Dr. Esnal Carbayo (D. Juan José). Consulta en su domicilio Primo de Rivera, A – 5º. Lunes, Miércoles y Viernes de 11,30 a 1. Teléfono 419394

ANÁLISIS.- Dr. Carrazoni (D. Jesús). Extracciones en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra de 9 a 9,30 todos los días laborables excepto sábados.

ANESTESISTAS.- Drs. Miguel Galicia González y Edmundo Ruiz Renedo.

PEDIATRA VISITADOR.- Dr. Pérez Mateos (D. Virgilio). Consulta de 5,30 a 6,30 todos los días laborables excepto sábados en Duque de Mandas nº 23 – 2º izquierda. Teléfono 424793

PRACTICANTES.- Zona San Sebastián
D. Luis María Aguirreolea Esteban, de 3,30 a 4,30 en Zabaleta nº 4 – 8º. Teléfono 415993

FOTO 19 Recibo de la mensualidad de Noviembre de 1965

D. Antonio Fernández López, de 9 a 9,30 en Berminghan nº 11 – 5º izquierda. Teléfono 417384

D. Luis María Elícegui Arrillaga, de 4 a 5 en Legazpi nº 6 – 4º. Teléfono 413922

Zona Loyola y Martutene
D. Lamberto Blesa de 2,30 a 3,30 en Villa Lourdes-enea (Loyola) y Bernia-enea (Martutene)

Zona de Herrera
D. José Quintana Uriarte, en Avenida de José Elósegui nº 15 (Herrera). Teléfono 352625

HOSPITALIZACIONES QUIRÚRGICAS
ZONA DE SAN SEBASTIÁN.- Clínica de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Ategorrieta).

ZONA de IRÚN.- Hospital Municipal de Irún.

ZONA de TOLOSA.- Clínica San Cosme y San Damián.

ZONA de EIBAR.- Clínica Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Ategorrieta).

SERVICIO DE URGENCIA.- Todos los días laborables de 5 a 9 de la mañana. Domingos y festivos desde las 9 de la mañana en el Ambulatorio del S.O.E. Avenida de Navarra. Teléfonos 425466 y 425467

SERVICIO DE AMBULANCIAS: Se solicitará llamando a los teléfonos 419985 y 428968 (Ambulancias Alonso).

FOTO 20 Reglamento de la Sección Médico – Quirúrgica del Montepío San Cristóbal de Guipúzcoa de Previsión Social

REGLAMENTO DE LA SECCIÓN MÉDICO – QUIRÚRGICA DEL MONTEPÍO SAN CRISTÓBAL DE GUIPÚZCOA DE PREVISIÓN SOCIAL

Inscrito en la Comisaría de Asistencia Médico – Farmacéutica con el número 854

Modelo de Reglamento aprobado por la Comisaría de Asistencia Médico Farmacéutica en 12 de Septiembre de 1964 en cuanto a su parte Sanitaria se refiere.

Reglamento de la Sección Médico Quirúrgica del Montepío San Cristóbal de Guipúzcoa

Que deroga o sustituye al de fecha 30 de Octubre de 1963

Artículo 1º.- Podrán pertenecer a esta Sección, todos los asociados al Montepío de San Cristóbal de Guipúzcoa, encuadrados en algunas de las clasificaciones señaladas en el artículo 6º de la Entidad, excepto los Honorarios, Protectores y Jurídicos.

Artículo 2º.- Dado que la constitución de esta Sección obedece a causas determinadas por la Superioridad, todos aquellos asociados que suscribiesen la póliza de servicios con anterioridad al 1º de enero de 1959, podrán acogerse inmediatamente a todos los servicios establecidos en esta Sección.

Artículo 3º.- Todos aquellos asociados que posteriormente no hubieran cumplido los 55 años de edad, y manifestarán su deseo de pertenecer a esta Sección, deberán acompañar a su solicitud un certificado de buena salud del titular y de cuantos familiares figuren como beneficiarios en la póliza, siempre que sean los que luego se dirá para las operaciones quirúrgicas corrientes, así como para las super-especialidades, deberán cubrir un periodo de carencia de seis meses, durante los cuales abonarán las cuotas fijadas, y una vez transcurrido dicho periodo tendrán derecho a las mismas. También se tendrá en cuenta el apartado b) del artículo 20º del Reglamento de la Comisaría, con arreglo a la O. M. de 11 de junio de 1963. Para los asociados inscriptos con anterioridad a 1º de julio de 1963, los servicios de super-especialidades, comenzarán a facilitárseles desde 1º de enero de 1964.

Artículo 4º.- Cada afiliado será provisto a tal efecto de un Título de Asociado en el cual se consignará el número de carnet del Montepío, nombre, apellidos, domicilio del asegurado y aplicación de los beneficiarios acogidos.

Artículo 5º.- En dicho Título de Asociado no podrán estar incluidos, bajo ningún pretexto, como beneficiarios de los mismos, más que los siguientes familiares del asegurado, siempre que vivan en el domicilio del mismo: Cónyuge, ascendientes de ambos cónyuges, mayores de 65 años, hijos de ambos sexos menores de veintiún años y no emancipados, nietos y hermanos (huérfanos de padre) menores también de veintiún años.

Tanto los ascendientes, como los hijos, hermanos o nietos, huérfanos de padre, que estuvieran incapacitados para el trabajo, con carácter permanente, podrán disfrutar de la condición de beneficiarios, cualquiera que fuera su edad.

Artículo 6º.- Las cuotas que se establecen son las siguientes:

Para asociados anteriores a 1º de junio de 1964:
Pólizas o contratos familiares 118 pesetas mensuales.
Pólizas o contratos individuales 63 pesetas mensuales.

Para asociados con ingreso posterior:
Póliza con un solo beneficiario 63 pesetas mensuales.
Póliza con 2 o 3 beneficiarios 115 pesetas mensuales.
Póliza con 4 beneficiarios 144 pesetas mensuales.
Póliza que exceda de 4 beneficiarios por cada uno más, un suplemento de 39 pesetas mensuales.

Dichas cuotas podrán ser satisfechas anualmente por períodos anticipados.

FOTO 21 Carnet Montepío Conductores San Cristóbal de Guipúzcoa, 1976. Salvoconducto 1937

Artículo 7º.- Al final del ejercicio, si el resultado contable de esta Sección ofreciera superávit, con el mismo se constituirá un fondo de reserva para cubrir posibles contingencias.

Este fondo de reserva no podrá nunca exceder del 10 % de las cuotas anuales.

Si se llegara a rebasar la cantidad fijada para fondo de reserva como continuidad de varios superávit, se extorsionará a los componentes de la Sección proporcionalmente a sus cuotas el exceso resultante. Si por el contrario, el resultado arrojará pérdida, ésta se cubrirá entre los componentes de la Sección, mediante una prorrata proporcional a su cuota pagadera al mes siguiente de cerrarse el ejercicio contable.

Artículo 8º.- El fondo de reserva será susceptible de rebajarse o aumentarse a propuesta de la Junta Directiva apoyadas por el 50 % de los asociados a esta Sección.

Artículo 9º.- Los derechos que se establecerán en esta Sección serán:
Medicina General (incluida urgencias)
Practicantes
Cirugía General
Aparato Digestivo
Otorrinolaringología
Pediatría y Puericultura
Estancias Clínicas
Medicación en intervenciones en quirófano
Transfusiones
Dermatología y Venéreo
Cirugía Cardiovascular y Pulmonar
Cirugía Plástica y Reparadora
Tratamiento quirúrgico de la miopía, trasplante de córnea
Ginecología y Tocología
Oftalmología
Corazón y Pulmón
Urología
Radiodiagnóstico
Análisis Clínicos
Exploraciones
Neuropsiquiatría
Neurocirugía central y periférica
Mico-audio-cirugía
Timpanoplastias
Odontología
Matrona
Cirugía del Aparato Locomotor

En el trasplante de córnea la obligatoriedad se referirá exclusivamente al acto quirúrgica pero no a la aportación de la córnea a trasplantar cuya adquisición será siempre realizada por el paciente.

Artículo 10.- La utilización de los servicios de especialistas deberá ser previamente autorizada por los Doctores de Medicina General, las radiografías, radioterapias, análisis, transfusiones, etc. Serán ordenadas por los Doctores, sin cuyo requisito no serán atendidos por la Sección.

Artículo 11.- Los asociados que utilizaran servicios de Doctores ajenos al Cuadro Facultativo de la Sección, sin previa notificación a la Entidad, abonarán por su cuenta los gastos que ello origine.

Artículo 12.- Las estancias Clínicas, deberán ser efectuadas en las que la Sección tenga concertadas. Aquellos asociados que desearan utilizar servicios de facultativos ajenos al Cuadro de la Sección para ser intervenidos, podrán solicitarlo previamente a la Junta Directiva, y ésta, estudiando el caso, podrá facultar al interesado a dicha variación, sin que por ello le sean abonados los honorarios médicos. Sin embargo, si le serán satisfechos los importes de los análisis, radiografías, y estancias clínicas con arreglo a las tarifas concertadas por la Sección.

Artículo 13.- Quedan excluidas de asistencia, las epidemias declaradas oficialmente, los accidentes de trabajo por cuenta propia o ajena, las producidas por motines, guerras, desafíos, así como cuantas sean con responsabilidad a terceros a menos que el asegurado ceda legalmente a la Entidad los derechos y acciones para reclamar.

FOTO 22 Reglamento de la Sección Médico – Quirúrgica del Montepío San Cristóbal de Guipúzcoa de Previsión Social

Artículo 14.- Todo asociado que cause baja en la Sección voluntariamente sin justificar previamente los motivos de la misma, si desea volver a reingresar en ella, la Junta Directiva estudiará las condiciones que motivaron aquélla y fijará el periodo de carencia y las cuotas que habrá de satisfacer el solicitante.

Artículo 15.- La Administración de esta Sección será llevada por el Montepío San Cristóbal de Guipúzcoa en contabilidad aparte.

Artículo 16.- Al final del ejercicio se editará una Memoria explicativa del resultado contable obtenido, como asimismo del número de asistencias e intervenciones practicadas, desglosándose por especialidades.

Artículo 17.- Esta Sección podrá disolverse en los casos siguientes:
A). Por disposiciones oficiales
B). Por acuerdo del 60 % de sus componentes y previo aviso de la Junta.

Artículo 18.- En caso de disolución de la Sección, la Junta Directiva se erigirá como Comisión Liquidadora.

Una vez concertada la disolución se extornará a cuantos se hallen sujetos al periodo de carencia, las cuotas que tuvieren abonadas. La Comisión Liquidadora cancelará las obligaciones pendientes, si las hubiera, bien con los fondos existentes o estableciendo una derrama entre todos sus componentes. Si una vez liquidadas todas las obligaciones existiera un líquido activo, éste se prorrateará entre los componentes de la Sección proporcional a la categoría de la póliza (familiar o individual), o pasará a propiedad del Montepío San Cristóbal, si así lo acordaran el 60 % de los pertenecientes a la Sección.

Artículo 19.- Existe a disposición del asociado, un libro de Reclamaciones con arreglo al artículo 43 del Reglamento de la Comisaría.

Artículo 20.- En caso de disconformidad de ambas partes se atendrá previamente a la intervención de la Comisaría de Asistencia Médico-Farmacéutica, antes de recurrir a la acción de los Tribunales y Juzgados de San Sebastián.

Hay un sello que dice:
Dirección General de Sanidad
Comisaría Médico – Farmacéutica
12 de Septiembre de 1964

MINISTERIO DE TRABAJO

INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN

Dirección de Asistencia Sanitaria e Instalaciones del Seguro de Enfermedad

MODIFICACIONES DE PRECEPTOS

DEL

REGLAMENTO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO, ESPECIAL Y SUBALTERNO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ENFERMEDAD

Madrid, 1955


ILMO. SR.
Vista su comunicación de 4 del corriente, en la que da cuenta de la resolución adoptada por esa Presidencia de modificar, con efecto de 1º de Enero del año en curso, la plantilla y retribuciones del personal administrativo, especial y subalterno adscrito a las Instituciones Sanitarias del Seguro Obligatorio de Enfermedad que dirige y gobierna ese Instituto, así como de la nueva redacción de los artículos del Reglamento del personal de las susodichas Instituciones Sanitarias, aprobada por Orden de 30 de Diciembre de 1953.

Esta Dirección General tiene a bien mostrar a V. I. su conformidad con las disposiciones adoptadas en el sentido que expresa su comunicación.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 10 de marzo de 1955.
EL DIRECTOR GENERAL

ILMO. SR. PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN

FOTO 23 Reglamento del Personal Administrativo, Especial y Subalterno de las Instituciones Sanitarias del Seguro Obligatorio de Enfermedad

Artículo 4º.- El personal administrativo es aquel que realiza funciones de carácter burocrático, y estará integrado por:
Jefes de Negociado de 1ª
Jefes de Negociado de 2ª
Jefes de Negociado de 3ª
Oficiales de 1ª
Oficiales de 2ª
Oficiales de 3ª
Auxiliares de 1ª
Auxiliares de 2ª

Son Jefes de Negociado los que, a las órdenes inmediatas del Administrador, están al frente de los distintos servicios de la Oficina Administrativa, y responden del orden y buena marcha de los mismos, cumpliendo y haciendo cumplir las instrucciones que reciban de aquél.

Son Oficiales los que desempeñan funciones administrativas de carácter técnico para las que se precisan conocimientos especiales.

Son Auxiliares los que realizan los restantes trabajos burocráticos.

Artículo 31.- El ingreso del personal administrativo tendrá lugar por la última categoría de la escala respectiva, mediante Concurso – Oposición, convocado por la Presidencia del Instituto Nacional de Previsión, a propuesta de la Dirección de Asistencia y con conocimiento y conformidad de la Comisión de Coordinación.

Al Concurso – Oposición para Oficiales podrán presentarse los Auxiliares del Instituto Nacional de Previsión y Administrativos de las Instituciones Sanitarias y dependencias anejas, con más de dos años de servicio en las mismas o cuando acrediten la posesión de título académico.

Para Jefes de Negociado, los funcionarios del Instituto Nacional de Previsión y de Instituciones Sanitarias y Dependencias anejas de cualquier escala y categoría que se hallen en posesión de títulos superiores.

Las plazas de Jefe de Negociado y Oficiales se cubrirán exclusivamente con personal masculino.

El Concurso – Oposición para Auxiliares será libre.

Cuando celebrado Concurso – Oposición a Oficiales y Jefes de Negociado, respectivamente, quedasen plazas desiertas, se cubrirán por Concurso – Oposición libre.

En todos los casos, para tomar parte en los Concursos, será preciso el informe favorable del Administrador, con el Vº. Bº. del Director de las Instituciones para el personal que preste servicio en las mismas y de los Directores del Instituto Nacional de Previsión y Provinciales para su personal.

El personal del Instituto Nacional de Previsión que se incorpore a la Administración de las Instituciones Sanitarias en la forma establecida en este artículo, quedará en situación de excedente especial en activo en sus respectivos escalafones.

A todo Concurso precederá necesariamente otro general de traslado voluntario entre el personal de la misma categoría.

La admisión del personal Especial y Subalterno, se efectuará, previa la prueba de aptitud correspondiente, con sujeción a las normas establecidas por la Dirección de Asistencia Sanitaria e Instalaciones del Seguro de Enfermedad.

Artículo 32.- Las edades mínima y máxima de ingreso para Jefes de Negociado serán de veintitrés a cuarenta años en turno libre; para el resto del personal, de dieciocho a cuarenta años, con la sola excepción de los Asistentes, cuya edad se fija entre los quince y los diecisiete años.

El personal viene obligado a someterse a los reconocimientos facultativos periódicos que ordene la Dirección de la Institución, tanto en beneficio suyo como en el de sus compañeros de trabajo.

Artículo 35.- Las vacantes dentro de cada escala se cubrirán: el 50 por 100 por antigüedad y el 50 por 100 por Concurso – Oposición.

Por excepción, las plazas de Auxiliares de 1ª se cubrirán inicialmente por Concurso – Oposición entre los Auxiliares de 2ª.

FOTO 24 Reglamento del Personal Administrativo, Especial y Subalterno de las Instituciones Sanitarias del Seguro Obligatorio de Enfermedad

Artículo 38.- El personal administrativo percibirá las siguientes remuneraciones base:

                                                                                                          Pesetas anuales
Jefes de Negociado de 1ª                                                                   26.000
Jefes de Negociado de 2ª                                                                   24.000
Jefes de Negociado de 3ª                                                                   22.000
Oficiales de 1ª                                                                                    19.500
Oficiales de 2ª                                                                                    17.500
Oficiales de 3ª                                                                                    15.500
Auxiliares de 1ª                                                                                  13.500
Auxiliares de 2ª                                                                                  11.500

Artículo 39.- Los obreros de oficio percibirán, con arreglo a la categoría en que se hallen encuadrados, las siguientes remuneraciones base:

CATEGORÍA
Pesetas anuales
                                                                                                      
Mecánicos y electricistas                     16.560             13.800             11.040
Calefactores y fontaneros                    12.420             11.040               9.660
Jardineros                                             9.660               9.072               8.064


Artículo 40.- El personal de servicios generales percibirá, con arreglo a la categoría en que se halle encuadrado, las siguientes remuneraciones base:

FOTO 25 Carnet Capisa, S. A. Documeto de Asistencia a Desplazados

CATEGORÍA
Pesetas anuales
                                                                                                      
Gobernantes                                          7.800               6.600               5.400
Telefonistas                                           9.078               7.776               6.750
Auxiliares de Asistencia                         7.560               6.480               5.400
Cocineros                                           11.592             10.626               9.660

Pesetas diarias
                                                                                                      
Cocineras                                                16                    13                    11,50
Costureras                                              21                    18                    15

Artículo 41.- El personal subalterno percibirá, con arreglo a la categoría en que se halle encuadrado, las siguientes retribuciones base:

CATEGORÍA
Pesetas anuales
                                                                                                      
Conserjes                                            12.558             10.626               9.660
Celadores                                             9.660               9.072               8.064
Asistentes                                              4.500               3.900               3.120

Pesetas diarias
                                                                                                      
Sirvientes                                                14                    12,60               11,20

RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 45.- El personal administrativo de las Instituciones Sanitarias tendrá derecho a la percepción, cada cuatro años, de un premio de constancia equivalente al 20 por 100 del sueldo inicial de la categoría a que pertenezca, sin que en ningún caso los haberes por tales cuatrienios rebasen el importe de aquel sueldo al producirse la concesión.

Al personal que preste servicios en la fecha de publicación del presente Reglamento, le será computado el tiempo de servicios prestados a los efectos de la percepción de cuadrienios, que serán abonados a partir del primero del mes siguiente a su publicación, no reconociéndose al pago efectos retroactivos.

Artículo 46.- El personal administrativo percibirá cuatro pagas extraordinarias, equivalente cada una al respectivo haber nominal, dos de las cuales se harán efectivas los días 17 de julio y 22 de diciembre. Para la percepción íntegra de estas dos pagas deberán llevar los interesados doce meses de servicio en la fecha de su concesión; en otro caso se abonará el importe proporcional correspondiente por dozavas partes, computándose como meses completos las fracciones de mes.

En concepto de Plus de carestía de vida se abonará a dicho personal la cantidad de 5.000 ó 2.500 pesetas anuales, según tengan el estado civil de casado o soltero, respectivamente.

FOTO 26 Instituto Nacional de Previsión. Seguros Sociales Unificados, 1957

Artículo 47.- El personal especial y subalterno de las Instituciones Sanitarias tendrá derecho a la percepción, cada cuatro años, de un premio de constancia equivalente al 10 por 100 del sueldo base de la categoría a que pertenezca, sin que en ningún caso los haberes por cuadrienios rebasen el importe de aquel sueldo al producirse la concesión.

Al personal que preste servicios en la fecha de publicación del presente Reglamento, le será computado el tiempo de servicios prestados, a los efectos de la percepción de cuadrienios, que serán abonados a partir del día primero del mes siguiente a su publicación, no reconociéndose al pago efectos retroactivos.

Este personal percibirá dos pagas extraordinarias, equivalentes cada una a su haber mensual respectivo, y que se harán efectivas los días 17 de julio y 22 de diciembre.

Para la percepción íntegra de estas pagas, se precisará que los interesados lleven prestando doce meses de servicio en las fechas indicadas; en otro caso, se abonará el importe proporcional correspondiente, por dozavas partes, computándose como meses completos las fracciones de mes.

En concepto de Plus de carestía de vida se les abonará la cantidad equivalente al 15 por 100 de los sueldos base de la categoría a que pertenezcan.

Artículo 48.- Todo el personal de las Instituciones percibirá un Plus, en atención a sus obligaciones familiares, con sujeción a lo establecido por la Orden ministerial de 29 de marzo de 1946.


FOTO 27 Instituto Nacional de Previsión. Dirección de Seguros Sociales Unificados, 1957

A dicho fin se constituirá un Fondo que se nutrirá con el 15 por 100 de los haberes, cuadrienios, Plus de vida cara, gratificaciones, pagas y horas extraordinarias. Asimismo, se computará a estos efectos el importe de la manutención del personal interno y el de la casa – habitación del que disfrute de vivienda.

Este Fondo será independiente del que se constituye por el Instituto Nacional de Previsión para sus funcionarios.

Artículo 49.- El personal administrativo y el especial y subalterno que lleve prestando servicio más de un año disfrutará de una vacación anual retribuida de un mes o de quince días naturales, respectivamente.

El personal de servicio interno o semi – interno no tendrá derecho  a bonificación en metálico o en especie por aquellas comidas que no efectúe en la Institución durante sus vacaciones.

Los turnos de vacaciones serán fijados por los Directores de las Instituciones, a propuesta de los respectivos Administradores.

Artículo 59.- También tendrá derecho a reserva de plaza el personal comprendido en el presente Reglamento durante el período de cumplimiento de sus deberes militares, computándose el tiempo de permanencia en filas a efectos de percepción de cuadrienios.

El personal administrativo que cuente por lo menos con dos años de permanencia en las plantillas de las Instituciones, percibirá además el 50 por 100 de sus haberes. Los que una vez licenciado su reemplazo fueran llamados de nuevo al Ejército, con carácter extraordinario, percibirán la totalidad de sus haberes.

Si ostentaren el grado de oficiales del Ejército y su retribución como tales fuese superior a la correspondiente a su categoría administrativa, no se les abonará cantidad alguna; si fuese inferior, se les acreditará la diferencia.

El reingreso habrá de solicitarse dentro del plazo máximo de quince días a partir de la fecha en que hubiere finalizado el servicio militar, acompañando a la petición documento militar que acredite dicho extremo.

FOTO 28 Instituto Nacional de Previsión. Seguros Sociales Unificados, 1962. Seguro Social de Enfermedad, 1962. Afiliación a la Seguridad Social, 1979 y 1980

AGRADECIMIENTOS
Paquita Anduaga Aguirre. Matrona
Consuelo Abril. Enfermera y José Ignacio Elizegi Abril. Enfermero
Juan José Echaide Aldanondo y Eva Echaide Estrada
José María Urkia Etxabe. Médico. Catedrático Historia de la Medicina
Pilar Mendía Iluminado. Satse
Encarna de la Maza González. Satse
Jesús Rubio Pilarte. Profesor Facultad de Medicina y Enfermería. Sección Gipuzkoa
Laura Fernández – Mijares Sánchez. Procuradora
Cecilia Nabal Vicuña. Abogado. Colegio de Enfermería de Gipuzkoa
Ana Ibarburu Aldama. Abogado

FOTO 29 Hospital Civil 1948. Fotógrafo Tomás Bravo

Bernardo Anabitarte Eceiza
Juan Ignacio Valle Racero. Enfermero
José María Rego Mendizabal. Celador
Manolo González Gómez. Periodista. Unidad de Comunicación OSI Donostialdea
María Luisa Fernández Alejo y Familia Aramburu
Andrés Fernández, María del Carmen Casas e Ibón Casas
Miren Maite Arcelus Sagardía. Matrona
Bernardo Anabitarte Eceiza
Teresa Gastón Amigot y Paco Hernández Gastón
Roberto López Aguirreamalloa. Médico
Luis Mari Aguirreolea Esteban. Practicante
Mari Carmen Blasco Zuasti. Enfermera y Farmacéutica
Eneko E. Oronoz. Investigador. Estudiante de arquitectura
Raúl Expósito González. Enfermero

AUTOR:
Manuel Solórzano Sánchez
Diplomado en Enfermería. Servicio de Traumatología. Hospital Universitario Donostia de San Sebastián. OSI- Donostialdea. Osakidetza- Servicio Vasco de Salud
Insignia de Oro de la Sociedad Española de Enfermería Oftalmológica 2010. SEEOF
Miembro de Enfermería Avanza
Miembro de Eusko Ikaskuntza / Sociedad de Estudios Vascos
Miembro de la Red Iberoamericana de Historia de la Enfermería
Miembro de la Red Cubana de Historia de la Enfermería
Miembro Consultivo de la Asociación Histórico Filosófica del Cuidado y la Enfermería en México AHFICEN, A.C.
Miembro no numerario de la Real Sociedad Vascongada de Amigos del País. (RSBAP)



No hay comentarios: