Andando
como el “Loco de la guardilla”, crucé el río del Manzanares por el
puente llamado de la toledana y eché a andar por el camino de Carabanchel, en
busca del “Asilo de Inválidos del
Trabajo”, respirando con satisfacción el aire saturado de oxígeno del campo
y esparciendo la vista por los dilatados horizontes del sur de Madrid.
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1 Vista general y la puerta de entrada del Asilo de los Inválidos
Paso
tras paso, dejando atrás el cementerio de San Isidro y de Santa María de la
Cabeza y los míseros ventorros que bordean la carretera de Leganés y un buen
pedazo de polvoreante carretera, me di de bruces con la verja de la quinta de
Vista Alegre.
¡Qué
dignas de estudio son las transformaciones por que pasan los edificios! ¡Qué
interesantes serían las biografías de los palacios! Yo he visto, y tú
también habrás visto, oh, lector, moradas regias que el tiempo ha convertido en
cuarteles: lo que fue ayer un convento es hoy un teatro, lo que fue círculo
vicioso, se trocó en taller…
Este llano fue plaza,
allí fue templo
Tales
cambios producen en el espectador no pocos pensamientos melancólicos. ¿Qué
destino, por ejemplo, le está reservado al magnífico edificio del Banco? Quizá
llegue un día en que el soberbio palacio se vea convertido en Hospicio, en donde se alberguen los
nietos de los que con sus millones lo edificaron. ¡Da tantas vueltas el mundo!
Ningún
cambio me parece absurdo, después de haber visto la transformación sufrida por
el palacio de Vista Alegre. Fue primero quinta destinada al recreo público,
regia finca después, más tarde espléndido palacio del marqués de Salamanca, y asilo, por último, en donde habitan al
amparo de la caridad unas cuantas docenas de inválidos del trabajo.
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2 Los jardines y la terraza del Asilo de los Inválidos
No
en balde llaman a aquella finca quinta de Vista Alegre. Imagínese el lector un
jardín casi tan extenso como el Retiro. Rodéanlo anchos tapiales, de trecho en
trecho, interrumpidos por magníficas verjas de hierro. Dentro, el arte y la
naturaleza se combinan para producir un hermoso conjunto de extensas praderas
de césped que forman caprichosos dibujos, setos macizos y arriates de diversas
especies de arbustos; bosquecillos por entre cuyas ramas se vislumbra la
blancura marmórea de primorosas estatuas; fuentes de alabastro con anchas tazas
rebosantes de agua límpida, larga vía flanqueada de árboles, dilatadas alamedas
y tortuosos senderos, y, rodeados de elegantes parterres, cuatro magníficas
construcciones; el asilo de ciegos, el colegio de niños huérfanos, el asilo de
inválidos del trabajo y un edificio que sirve de vivienda al administrador de
la finca.
La
mejor de todas aquellas construcciones es el palacio que sirve de Asilo a los Inválidos del Trabajo.
El
vestíbulo, con triple escalinata, forma la entrada de un templo helénico. La
tarde que yo visité la quinta bañábanla los rayos del sol poniente. Por una
solitaria alameda se paseaba leyendo un sacerdote. Al acercarme al Asilo vi
salir de él un anciano ciego, guiado por una niña.
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3 Salón árabe del Asilo de los Inválidos
Aquel
pórtico ateniense, aquel viejo con los ojos abiertos, pero sin luz, aquella
muchacha descalza, me hacían pensar en Edipo,
guiado por su hija Antígona,
abandonando para siempre su palacio real de Tebas.
El
asombro crece cuando se penetra en el asilo: una galería cuadrada forma la
parte central del edificio. A esta galería van a dar las puertas de todas las
dependencias de la casa. En el comedor, que es un vastísimo rectángulo,
iluminado por altas ventanas, se lee esta inscripción, grabada en mármol:
Para
conmemorar la sensible pérdida del Rey don Alfonso
XII, muerto en la flor de la juventud, se ha fundado este Asilo de Inválidos del trabajo,
cumpliendo así el piadoso deseo de S. M. la Reina Regente doña María Cristina.
Año
MDCCCLXXIX
Lo
demás del Asilo no desmerece de este comedor espléndido, el salón árabe,
imitación de los aposentos de la Alhambra; la sala de recibir visitas, los
dormitorios, grandes y ventilados y revestidos de estuco; la capilla, la
biblioteca, la escuela, todo ello es verdaderamente grandioso. El contraste
entre lo que aquello ha sido y lo que ahora es, no puede ser más fuerte.
No
se necesita tener muy exaltados la imaginación para evocar las fiestas
celebradas en aquel palacio y para ver con los ojos de la fantasía aquellos
salones inundados de luz, poblados de aristocrática concurrencia y rebosantes
de lujo y alegría.
Los
cupidillos que adornan las altas cornisas parecen reír maliciosamente recordando
las escenas que en otro tiempo presenciaron las Venus y ninfas que el pincel
abultó en los corvos techos, dijérase que se aburren perezosas sintiendo la
nostalgia de los pasados regocijos.
En
cambio, ahora, en aquellas galerías y salones por cuyos suelos de mármol
arrastraron el raso y terciopelo de sus vestidos las damas más hermosas de
Madrid, unos cuantos lisiados, víctimas del trabajo, felices en medio de su
desgracia, viven vida cómoda y tranquila al amparo de la caridad.
La
visita a este Asilo no deja en el ánimo esa impresión que suele experimentarse
cuando se penetra en otros establecimientos benéficos.
La
paz que reina en aquella casa comunica al visitante cierta consoladora
hospitalidad.
Los
que labraron magníficos palacios, los que lanzaron sobre los ríos atrevidos
puentes, los que construyeron templos, los que, en fin, consagraron su vida al
trabajo y al trabajo dieron, no sólo su sudor, sino su sangre, ocupan hoy la
espléndida morada construida para el refinamiento del placer y del lujo (1).
Me
pareció aquello un símbolo muy significativo. ZEDA
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4 Sala de recibo del Asilo de los Inválidos
Cómo se crea el Asilo
de Inválidos del Trabajo
El Real
Decreto de 11 de enero de 1887 crea un asilo para inválidos del trabajo en el Palacio de Vista Alegre de Madrid,
dependiente orgánicamente del Ministerio de la Gobernación y en concreto de la
Dirección general de beneficencia y sanidad. Es completada esta norma con la
Ley de 27 de julio de 1887. Su creación obedece a las “cristianas iniciativas”
de la Reina Regente Doña María Cristina,
pero también al clamor de la prensa política que “diariamente se lamentaba de la infinidad de desgracias ocurridas en las
obras de edificación” (2).
La creación
del asilo no hace sino reflejar la óptica humanitaria que caracteriza al
legislador laboral del último cuarto del siglo XIX, que se ocupa de los
inválidos de trabajo a través del establecimiento de “políticas parcialmente reparadoras de carácter pietista”. Obedecía
esta medida en último término a una concesión graciosa, emanada “por motivos simpáticos, del ser más poderoso
a favor del necesitado”.
La mayor
parte del articulado del Decreto se halla dirigido hacía la regulación del
régimen de financiación y de la organización interna del asilo. El
sostenimiento del asilo se hace con cargo a los presupuestos del Estado y
donativos de particulares (artículo 4 del Real Decreto de 11 de enero de 1887).
Persiste en esta norma la mentalidad asistencial - benéfica; la acción del
Estado es una “acción paternalista,
tutelar, no exigible obligatoriamente, jurídicamente”. En este sentido, el
artículo 8 del Real Decreto, establece que la junta rectora del asilo,
encabezada por la Reina Regente María
Cristina, solicitara donativos, dirigiéndose principalmente “a los dueños de fábricas y talleres, a los
constructores de obras públicas y privadas, a cuantas personas utilicen el
trabajo materia de los obreros”. Refleja claramente este precepto la
concepción de la época de considerar la obligación preventiva y reparadora del
empresario como moral y como no exigible jurídicamente (2).
Se establece
en la norma que únicamente podrán ingresar en el asilo los inválidos del
trabajo, configurando a los inutilizados por accidente como preferentes frente
al resto (artículo 9). La Ley de 27 de julio de 1887, en su artículo 3,
determina que sólo podrán tener acceso al asilo los varones, absolutamente
incapacitados para el trabajo, que sean solteros o viudos sin hijos menores de
edad y que no tenga padecimiento crónico. En el caso de que los inválidos no
cumplan con alguno de estos requisitos podrán ser asistidos en su domicilio.
Además, para el ingreso en el asilo se requería que los inválidos de trabajo no
tuvieran derecho a reclamar indemnización por el daño sufrido o teniendo
derecho no lo hubieran podido hacer efectivo.
Este
precepto es desarrollado por la Real Orden de 12 de enero de 1892, por la que
se aprueba la “Instrucción general y
reglamento del asilo de inválidos del trabajo”. En su primer artículo esta
norma establecía un orden de prioridad en cuanto al acceso al asilo de los
inválidos de trabajo. Así, y reiterando que en el asilo únicamente podrán tener
cabida los “obreros solteros. o viudos,
sin hijos menores de edad, que por un accidente desgraciado hayan quedado
absolutamente inválidos para el trabajo”, establecía dentro de ellos una
prioridad a favor de los que resultaren accidentados en actos de socorro a
otras personas, posteriormente se preferiría a aquellos que hubieran sufrido el
accidente, aún a pesar de haber actuado diligentemente y sin haber “omitido cuidado o prevención alguna”, y
por último los accidentados que hubieren procedido con imprevisión o descuido
(2).
Dentro de
cada clase, se prefería a aquellos que se mostraran con mayor grado de
imposibilidad. No se permitía el ingreso al asilo de aquellos obreros que
padecieran enfermedades contagiosas o de “los
enajenados, los idiotas, imbéciles, epilépticos y tuberculosos, los que
padezcan úlceras con supuraciones incoercibles, cánceres externos, y aquellos
que para su curación necesiten una operación quirúrgica” (artículo 16 del
Reglamento de 12 de enero de 1892).
Del análisis
de estos preceptos de la Instrucción general de 1892 se sacan conclusiones
interesantes. Por una parte, se observa como la concepción del legislador de la
época en relación con los accidentes de trabajo los seguía configurando como
hechos desgraciados o casuales en los que intervenía en buena medida la acción
negligente o el descuido por parte del obrero. Por otra, la previsión de los
accidentes era valorada y se ligaba íntimamente la acción reparadora con la
preventiva, atribuyendo la primera al Estado por razones de índole benéfico - morales
y la previsora al propio obrero. En este sentido, la falta de prevención o de
previsión era un factor determinante en cuanto a la prioridad en recibir la
acción benéfica o asistencial del Estado. La obligación de previsión se
planteaba como un deber del obrero, que se configuraba de este modo como
garante de su propia salud, excluyéndose de la cobertura benéfica moral del
Estado a aquellos obreros que padecieran enfermedades contagiosas, aún a pesar
de haberlas contraído en el ámbito laboral, por razones de higiene pública en
el seno del asilo (2).
La
Instrucción de 1892 establecía la organización interna del asilo, que estaría
dirigido por una “Junta de Señoras” y
que contaba con un personal formado por un capellán, un médico, ocho Hermanas de la Caridad, un practicante barbero, así como diferente
personal auxiliar (artículo 5). El régimen interno del asilo, en cuanto a
ingreso, alimentación, servicios, obligaciones de los asilados y salida de los
mismos, quedaba regulado en los artículos 7 a 54 del referido Reglamento de 12
de enero de 1892.
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Biblioteca del
Asilo de los Inválidos
La prensa de
la época describía, con grandes dosis de lirismo e idealismo, como se
desarrollaba la vida de los inválidos del trabajo que se encontraban en el
asilo: “La vida en aquella santa casa es la más plácida y agradable que
pudieran soñar los asilados. Se levantan éstos a las seis y media y se
desayunan, entregándose después a las ocupaciones caseras compatibles con sus
años y sus achaques. Comen a mediodía; trabajan los que pueden, o pasean; rezan
el rosario a las cinco, y a las ocho, después de una cena abundante y sana,
como lo es en la comida, se acuestan para dormir diez horas. Los domingos y
días festivos pueden salir a ver a sus familias, obligándose a estar en el
asilo al ponerse el sol” (2).
Bibliografía
1.-
Revista Nuevo Mundo del 16 de agosto de 1902, páginas 18 y 19
2.-
Tesis Doctoral. Orígenes y fundamentos de la Prevención de Riesgos laborales en
España 1873 – 1910. Guillermo García
González. Septiembre 2007. Página 66 - 69
Agradecimiento
Guillermo García
González
AUTOR:
Manuel Solórzano Sánchez
Graduado en
Enfermería. Servicio de Traumatología. Hospital Universitario Donostia de San
Sebastián. OSI- Donostialdea. Osakidetza- Servicio Vasco de Salud
Insignia de Oro
de la Sociedad Española de Enfermería Oftalmológica 2010. SEEOF
Miembro de
Enfermería Avanza
Miembro de Eusko
Ikaskuntza / Sociedad de Estudios Vascos
Miembro de la
Red Iberoamericana de Historia de la Enfermería
Miembro de la
Red Cubana de Historia de la Enfermería
Miembro
Consultivo de la Asociación Histórico Filosófica del Cuidado y la Enfermería en
México AHFICEN, A.C.
Miembro no
numerario de la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País. (RSBAP)
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