lunes, 4 de febrero de 2019

TOLEDO MÁS DE CIEN AÑOS DE HISTORIA DEL COLEGIO DE ENFERMERÍA


Autores: Carlos Álvarez Nebreda y José Miguel Álvarez Moya. Coordinación: Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería de Toledo y AsComunicación (y maquetación). Elaboración administrativa: Mª José Ibáñez Colás. Búsquedas documentales y análisis historiográficos: Diego García Climent, Marina Aparicio Vicente y Mariano García Ruipérez.

FOTO 1 Portada y contraportada del Libro del Centenario: Más de cien años de Historia. Colegio Oficial de Enfermería de Toledo

Está dividido en ocho capítulos. En el primero: Antecedentes remotos. En el segundo: la Organización Colegial desde la regulación de la figura del Practicante y de la Matrona en 1857 hasta finales del siglo XIX. En el tercero: la Organización Colegial desde 1900 hasta 1929. Origen del Colegio de Practicantes de Toledo en 1903. En el cuarto: la Organización Colegial desde la colegiación obligatoria hasta su unificación en 1953. En el quinto: del Ayudante Técnico Sanitario al Diplomado de Enfermería (1953 – 1977). En el sexto: de la entrada en la Universidad hasta la publicación de los reales decretos de grado y postgrado. En el séptimo: galería de personalidades y en el octavo: el Colegio en la actualidad.

Máximo González Jurado decía en el prólogo que al escribir estas letras, en forma de prólogo, y hacerlo por la encomienda que se me ha realizado para ello en mi calidad de Presidente del Consejo General de Enfermería, debo expresar, en primer lugar, mi más sincero agradecimiento a todos cuantos con esfuerzo, compromiso y un alto grado de capacitación han hecho posible, a través del tiempo, nada menos que una centuria, la excelente vertebración de tan Ilustre Colegio como lo es el de Toledo y, con ello, su contribución permanente al prestigio y desarrollo progresivo de la profesión enfermera.

Hablar del Colegio de Enfermería de Toledo es evocar cien años de ilusión, compromiso, profesionalidad y excelencia. Estas son las notas que configuran su carta de presentación: fomento de la ciencia, cultivo de la conciencia profesional y compromiso con el conjunto de la sociedad.

FOTO 2 Portadas de la Constitución de la Hermandad del Hospital de la Misericordia de la ciudad de Toledo, 1629. Real Cédula de 1827 sobre la creación de los Reales Colegios de Medicina y Cirugía

Me gustaría recordar aquí una frase de alguien que todos nosotros conocemos muy bien: ¡Florence Nightingale!, quien afirma hasta qué punto “lo importante no es lo que nos hace el destino, sino lo que nosotros hacemos de él”.

El Colegio de Enfermería de Toledo, cuyo centenario conmemoramos, ha sido y sigue siendo ese instrumento en torno al cual se ha ido construyendo buena parte de nuestro presente y sobre el cual recaen hoy no pocas responsabilidades en la construcción de nuestro futuro.

Cien años de historia han conseguido crear un lugar de encuentro, de debate, un camino de excelencia en el que los principios y valores éticos y deontológicos han fraguado en lo que ahora vemos y que el propio Colegio tiene a gala en anunciar: “Nuestro objetivo es la defensa y promoción de los legítimos intereses particulares de los Enfermeros y Enfermeras, y su conciliación con el interés social y los derechos de los usuarios”.

Estoy convencido de que esa línea corporativa, educativa elegida hace ahora cien años ya no es un mero objetivo sino que se ha transformado en el convencimiento de que no hay otro horizonte que el paciente, no hay otro compromiso que el paciente, no hay otro futuro que el que nos distingue como cuidadores, esto es, como aquellos a los que se nos ha encargado, “promover”, “cultivar” la vida.

Nuestro reconocimiento al Colegio de Enfermería de Toledo, a sus sucesivos responsables a lo largo de estos cien años de historia y, desde luego, nuestro homenaje más sentido al conjunto de las enfermeras y enfermeros; gracias a ellos contamos con una institución viva, simbólica y rica de experiencias vitales.

Roberto Martín Ramírez, Presidente del Colegio de Enfermería de Toledo decía:
Es para mí un honor presentar esta obra que resume, de forma minuciosa y bien documentada, la labor realizada por el Colegio de Enfermería de Toledo en sus cien años de historia y, precisamente por este motivo, permítanme que estas primeras líneas estén dedicadas a formalizar mi más sentido reconocimiento a los cientos de profesionales toledanos que, a lo largo de estos cien años de historia, han dedicado gran parte de su tiempo a transformar esta apasionante profesión en un instrumento útil y reconocido por todas las instituciones y magníficamente valorada por la propia ciudadanía.

Como dice uno de los autores en la presentación de la obra, cien años de historia no están al alcance de cualquiera, pero lo más importante no es solo la pervivencia de la Institución a lo largo de estos cien años, sino que fue una organización puntera, que se mantuvo activa durante todo este tiempo, con un sistema organizativo descentralizado en el ámbito de la provincia que fue ejemplo para otros Colegios Provinciales. Se dotó de un órgano de expresión propio, El Practicante Toledano, cuya obra completa está custodiada en la sede colegial y, uno de sus presidentes, el señor Fernando González Iniesta, llegó incluso a ser presidente de la Federación Nacional de Colegios de Practicantes, el equivalente a nuestro Consejo General de Enfermería de hoy.

Francoise Colière, enfermera y antropóloga francesa fallecida recientemente (2005), establece cuatro etapas que enmarcan el desarrollo de la profesión enfermera: la doméstica, la vocacional, la técnica y la profesional. Sin duda, los Colegios Profesionales de Enfermería han intervenido de forma muy significativa en el desarrollo de la profesión en estas dos últimas etapas, la técnica y la profesional.

Es conveniente recordar aquí que, en esta provincia, junto con el de Toledo existieron también Colegios de Practicantes en Madridejos, Orgaz, Ocaña, Navahermosa y Torrijos, cuando la organización territorial de la provincia estaba dividida en Partidos y no fue hasta 1929 cuando, mediante Real Orden, se estableció el Colegio de Toledo como referente provincial al que se fusionaron todos los demás.

Los practicantes toledanos fueron vanguardistas en todas las actividades que generaron esta importantísima transformación de la profesión enfermera. Así, en el ámbito organizativo, hace cien años que se constituyó el Colegio de Toledo, que fue pionero en España en este tipo de iniciativas. Pero además, aportamos asociaciones en cinco grandes municipios ya citados, cuando ni siquiera en las capitales de más de 45 provincias estaban constituidos los Colegios.

FOTO 3 Portadas de la Real Cédula de 1797 sobre los exámenes a Cirujanos y Sangradores. Real Cédula de 1804 sobre la creación de los Reales Colegios de Cirugía

Participamos también de forma muy activa en la creación de la Federación de Practicantes de Castilla la Nueva en el año 1921 y, un año después, en la creación de la Federación de Castilla la Nueva y Extremadura, elaborando sus Estatutos de funcionamiento interno en el año 1923, y manteniendo un importantísima relación institucional reuniéndose con el entonces Ministro de la Guerra, General Weyler.

En el ámbito de las publicaciones, editó su primer boletín informativo el 15 de agosto de 1921: El Practicante Toledano. En aquella época solo se editaban seis publicaciones en todo el Estado español: El Boletín Oficial de los Colegios Unidos (del Consejo Nacional), El Practicante Gaditano, El Practicante Almeriense, El Auxiliar Médico de Jerez, El Practicante Navarro y los Boletines de Practicantes y Matronas de Valencia, a los que aprovecho desde esta presentación para mandarles mi más sincero reconocimiento.

Este importante impulso que los practicantes toledanos dieron a la profesión, les fue reconocido nombrando a nuestro colega Fernando González Iniesta presidente de la Federación Nacional de Practicantes de España en el año 1923.

El Colegio de Toledo participó en todas las Asambleas Generales de Practicantes, desde la primera de 1903 hasta las más recientes, planteando iniciativas y haciendo suyas todas aquellas que llevaron a nuestra profesión a estar presente no solo en instituciones sanitarias, sino también en las zonas rurales, en las fábricas, en el Ejército, en la Armada, en los buques de la marina mercante y en los ferrocarriles.

FOTO 4 Las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio

Asimismo, participó e hizo suyas iniciativas que llevaron a la protección social de «la clase», estableciendo Montepíos, Socorros Mutuos para proteger a los profesionales y sus familias ante contingencias negativas como la enfermedad, la invalidez, la viudedad o la orfandad.

Participó de forma muy activa en la iniciativa del Consejo Nacional de las Clases Auxiliares para la unificación de los Practicantes, Enfermeras y Matronas en un solo cuerpo profesional, el Ayudante Técnico Sanitario y, posteriormente, en la estrategia que nos llevó a incorporarnos a la Universidad. De este periodo ya de nuestra etapa más reciente, considero preciso reconocer algunas gestiones realizadas por compañeros toledanos que, sin duda, contribuyeron a la mejora de la profesión en nuestra provincia.

Al final de la década de los 70, cuando era Presidente del Colegio de Toledo nuestro querido compañero Francisco López Cortés, gestionó la unificación de las tres secciones de Practicantes, Enfermeras y Matronas modificando la denominación del Colegio en Colegio Oficial de ATS de la Provincia de Toledo. Una década más tarde, el compañero Pedro Añó Sanz envió una carta al entonces consejero de Educación y Cultura y años más tarde presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha D. José María Barreda Fontes, poniéndole de manifiesto el agravio que representaba para esta profesión que Toledo fuera la única provincia de Castilla-La Mancha que no disponía de una Escuela de Enfermería propia, teniéndose que desplazar nuestros estudiantes a otras provincias limítrofes. Ambos se comprometieron por escrito a trabajar juntos para conseguir una Escuela de Enfermería en Toledo, y así fue apenas dos años después del inicio de las gestiones.

FOTO 5 IV Asamblea General de Practicantes 1907

Por último, no puedo dejar de mencionar en esta presentación, la importantísima labor realizada por la Organización Colegial en su conjunto, por su contumaz defensa y estrategia seguida para la consecución de normas legales que avalan el papel de la enfermería en tres grandes áreas, que sin duda sentarán las bases que cambiarán completamente el desarrollo de nuestra profesión en este siglo: La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y el desarrollo de las Especialidades y el Grado en Enfermería. Se nos concede por primera vez en la historia de la profesión la condición de profesión sanitaria, cuyas funciones las llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica, y sus criterios estarán basados en la evidencia científica.

Solo me resta felicitar a los autores de la obra por esta ingente labor documental que hoy nos brinda y que, sin duda, servirá de base a cuantos hacen de la profesión enfermera un motivo de estudio e investigación, consiguiendo nuevos hallazgos que den más luz sobre el desarrollo de nuestra profesión.

Para entender la obra en su conjunto hay una serie de variables que es importante tener presentes a lo largo de su lectura. Quizá, la más importante y esencial es que lo que hoy entendemos como enfermera es, al menos desde un punto de vista legal, la unión de una serie de profesiones y oficios que, tras diferentes normativas de distinto rango, han ido homologando sus funciones y denominaciones hasta lo que hoy conocemos como enfermera. Así, sangradores, flebotomianos, ministrantes, cirujanos menores, callistas, practicantes, enfermeras, podólogos, fisioterapeutas, matronas, parteras y comadres, confluyeron todos en una sola denominación: la de Ayudante Técnico Sanitario, que posteriormente homologó su denominación por la de Enfermera.

Debe también tenerse en cuenta que, por el carácter auxiliar de la profesión y la precaria situación económica y laboral de los Practicantes, es muy corriente en todos los Colegios de España encontrarnos con periodos de tiempo más o menos largos en los que no había noticias de ello. Su no oficialidad les obligaba a ejercer de forma voluntarista, sin medios y, por tanto, cualquier situación personal, fallecimiento, traslado, o dedicación a un trabajo que le restaba tiempo, significaba el fin de la institución. Todo esto cambió radicalmente a partir de la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de la profesión a finales de 1929.

Los practicantes, enfermeras y matronas, tradicionalmente, y así lo ponían de manifiesto en todos sus congresos y asambleas, reivindicaban tener Colegios Oficiales como los médicos, en parte por esa admiración que siempre han manifestado sobre sus profesores, los médicos, y también como solución a sus males corporativos dado que les garantizaba una organización estable y de ámbito nacional. La organización territorial de los Colegios es otro de los aspectos a tener en cuenta. Hasta la creación de los Colegios Oficiales en 1929, se constituían Colegios allá donde hubiera un grupo de colegas voluntariosos con ganas y medios para organizarse, formar un boletín y tener posibilidades de viajar para organizarse con otros municipios y provincias. Así, en el caso de Toledo, siempre hubo Colegio en la capital que compartió objetivos con otros como los de Torrijos, Seseña, Sonseca, Orgaz, Navahermosa, estructurados por distritos. Pero hubo varias provincias en España que no disponían de Colegio en la Capital, cuando sí lo tenían en municipios de menor entidad: es el caso del Colegio de Denia, cuando no lo había en Alicante; Tortosa, cuando no lo había en Tarragona; o Benavente, cuando no lo había en Zamora.

Hay tres fechas importantes en los orígenes y evolución de la organización colegial en Toledo que sin duda merezca la pena resaltar: la primera es la Constitución del primer Colegio de Practicantes de Toledo, el 5 de agosto de 1903; la segunda, es la edición de un boletín denominado El Practicante Toledano, el 15 de agosto de 1921; y la tercera, el nombramiento de su Presidente, el señor Fernando González Iniesta, como Presidente de la Federación Nacional de Practicantes de España, en sesión celebrada el 12 de octubre de 1923 en Madrid.

FOTO 6 Sociedad Ministrantes. 1864 La Voz de los Ministrantes número 1

Son tres hechos singulares íntimamente relacionados entre ellos. Así, no podemos olvidar que cuando se constituyó el Colegio de Toledo en 1903, fue pionero, vanguardista y ejemplo para otros muchos Colegios de España. Así, en ese año sólo de Madrid, Sevilla, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Málaga y Cádiz se tenían noticias de la existencia de Colegios de Practicantes; con respecto a la operatividad y actividad de los mismos, junto con El Practicante Toledano, sólo había en España tres Revistas de «la clase»: El Boletín Colegio de Practicantes de Medicina y Cirugía, órgano oficial de la Federación Nacional de Practicantes que se publicaba en Madrid; El Médico, el Practicante y la Matrona y El Practicante Gaditano. Además, el hecho de que junto con el Colegio de la capital, hubiera varios más en la provincia, mereció el reconocimiento de la gran mayoría de Asambleas de Colegios, culminándose este reconocimiento con el nombramiento del que fuera presidente del Colegio de Toledo como presidente de la Federación Nacional de Practicantes de España.

A partir de 1929, en que se constituye la colegiación obligatoria para el ejercicio profesional, el crecimiento de la organización colegial en su conjunto en toda España fue exponencial, si obviamos el triste camino recorrido durante el alzamiento militar contra la República y posterior guerra civil, en la que los Colegios Oficiales de Practicantes casi desaparecieron.

Fue a la conclusión de esta contienda cuando se volvieron a instaurar los Colegios Oficiales bajo la denominación de Auxiliares Sanitarios, con secciones para Practicantes, Matronas y Enfermeras y, posteriormente se unificaron en una única denominación: la de Colegios Oficiales de A.T.S. de España y, posteriormente, de Enfermería.

Puede decirse, sin lugar a dudas, que en estos cien años de historia del Colegio de Toledo no ha habido un solo movimiento profesional que no haya sido defendido, reivindicado e incluso canalizado a través de la Organización Colegial de Enfermería de España, en la que de forma siempre activa, participó el Colegio de Toledo. Así, la presencia de la Enfermería en las fábricas y talleres, en los botiquines de los buques mercantes, en el Ejército y en la Marina, en las Beneficencias, en las prisiones, en las zonas rurales (A.P.D.), en los psiquiátricos, en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en la negociación de los planes de estudios, en la universidad, la presencia institucional en el Consejo Internacional de Enfermería (C.I.E.), de la que llegamos a ostentar la Vicepresidencia, en el desarrollo de las Especialidades, en la elaboración de las normas que afectan a la profesión enfermera como es el caso de la Ley de Ordenación de la Profesiones Sanitarias, se ha construido su propio Código Deontológico, y como logro más reciente, la consecución del Grado en cuatro años sin título intermedio para toda la Enfermería que reivindicó esta organización desde 1995.

Dice Diego Gracia, Catedrático de Bioética de la Universidad Complutense de Madrid, que profesiones como tal solo hay tres: la médica, que tiene que ver con los problemas del cuerpo; la eclesiástica, que tiene que ver con los problemas del alma; y la jurídica, que dirime los problemas entre el cuerpo y el alma. Para añadir a continuación que, incluso la arquitectura, es un oficio que con el devenir de los tiempos tornó en profesión. Pues bien, puede afirmarse con la cabeza bien alta que la Enfermería fue un oficio que con el devenir de los tiempos tornó en profesión y, sin duda, esta Organización que hoy cumple cien años puede sentirse orgullosa de haber sido una parte importante en esta evolución. Así nos lo cuenta Carlos Álvarez Nebreda.

Antecedentes remotos
«En España, durante gran parte de la Edad Media médicos y cirujanos eran considerados “físicos” hasta que por medio del Fuero Real de 1225 los médicos pasaron a denominarse exclusivamente físicos y los cirujanos “maestros de llagas”».

Estos «maestros cirujanos» de toga larga estudiaban en los Colegios de Cirugía, eran clericales y conocedores del latín, lengua en que estaban escritos los grandes tratados médicos y por ello son conocidos como cirujanos latinos. Por debajo de estos se encontraban los cirujanos romancistas o de ropa corta, no hablaban el latín y con frecuencia eran iletrados. La pasantía al lado de un cirujano aprobado o en un hospital era el único modo de aprender el oficio. Más abajo en el escalafón se encontraban los cirujanos–barberos relegados a las cirugías menores tales como sacar muelas, poner ventosas, realizar sangrías que venían siendo desempeñadas por los barberos de la Península desde antes de la cristiandad, funciones que continuaron desarrollando tras la entrada del cristianismo en España», así nos lo cuenta el experto en el tema Raúl Expósito.

De los Sangradores, se tiene constancia documental en la provincia de Toledo a través de los Reglamentos del Hospital de la Misericordia en el año 1459 gracias a un magnífico trabajo financiado por el Fondo de Investigaciones Sanitarias de la Comunidad de Castilla-La Mancha (FISCAM) y que fue publicado por el Colegio Oficial de Enfermería de Albacete, en el que textualmente se recoge (Sánchez, Ortega, Elbal, 1996).

«…...... Sangrador que a de ser para la dicha cassa a de ser examinado y muy buen oficial que tenga experiencia en el oficio de sangrar y que biba e more cerca de dicho hospital para que pueda acudir a tiempo a hacer su oficio en las necesidades de los enfermos».

FOTO 7 Doctrina moderna para los Sangradores 1717. Constituciones y Ordenanzas para el gobierno de los Reales Hospitales General y de La Pasión

Siguiendo el orden cronológico, nuevamente tenemos que hacer referencia al Hospital de la Misericordia1 de Toledo. En el año 1629 se publican las «Constituciones de la Hermandad del Hospital de la Misericordia de la ciudad de Toledo, nuevamente añadidas, enmendadas, y recopiladas por los señores Conde de Villa Umbrosa, y Conde de Mora, y Licenciado Christoual Ruiz de Mouellan, y Eugenio de Sufunaga, Hermanos de dicho Hospital, y por comisión de la dicha Hermandad». En estas Ordenanzas se recoge que en la plantilla del hospital figuraban dos médicos, un cirujano, un boticario, un barbero y tres enfermeros, «dos para fisica y el uno para la çirugía y una enfermera para la sala de las mugeres…».

Con respecto a las funciones del oficio de Enfermero Mayor se establece lo siguiente:
«El Enfermero Mayor es oficio de mucha importancia para la buena administración y gobierno de las enfermerías, y de los pobres enfermos que en ellas se ha de curar, por lo cual importa mucho, que para ello se elija un señor hermano de mucha caridad. Y ansi ordenamos y mandaos, que el dicho enfermero mayor tenga especial cuydado en visitar por su persona muy a menudo las enfermerias, y enfermos dellas por lo menos una vez cada semana, y que si estan limpias las enfermerías, y que no se consienta aya mal olor en ellas de la inmundicia de las camas, y de los servicios, y orinales de los enfermos, y ordene lo que fuere menester, para que todo este limpio, y que los enfermeros, y enfermera, asistan siempre con sus enfermos, y orden lo que fuere menester, y que los apiaden con mucha caridad, viendo ansimismo como guardan las Constituciones de sus oficios, e informandose de secreto de los propios enfermos, si son bien acariciados, curados, y regalados dellos de noche y de dia, y si les dan medicinas y comidas a sus tiempos.

Que vea si tienen el ropon y pantuflos, orinal, y jarro de agua, y toalleta para la comida, y lo que desto faltare, se haga y se compre: y quando faltare ropones y pantuflos, los haga hazer de los diez mil maravedis que para este efecto dexaró en cada un año los señores Basco de Acuña, y doña Mencia de Ayala su muger».

Por otro lado, los Reyes Católicos realizaron un tremendo esfuerzo normativo para reordenar toda la legislación existente con respecto a las funciones examinadoras, formativas e incluso competenciales de los médicos, cirujanos, sangradores, barberos y boticarios. Debe tenerse en cuenta, como bien dice el profesor Ventosa al hacer referencia a la enfermería en los siglos XV - XVIII que «la sociedad española se compone de algo más de ocho millones de habitantes. Población preferentemente rural, con ciudades escasamente pobladas, factor que favorece el ejercicio de las prácticas médicas empíricas y pervivencia de recursos curadores-supersticiosos». Es por esto que los Reyes Católicos se marcan un doble objetivo, por un lado, proteger a la población de charlatanes y visionarios y por otro, ordenar las profesiones sanitarias de la época dotándolas de órganos superior en competencias formativas, examinadoras, interviniendo en asuntos de mala praxis e intrusismo y asesorando también a las autoridades políticas y judiciales.

Así pasamos al año 1827 que se publican dos normas de indudable valor para la medicina en general y para los sangradores en particular. Así, se aprueba el Real Decreto de 16 de junio de 1827, «por el que se establece el Reglamento para el régimen científico, económico, e interior de los reales Colegios de Medicina y Cirugía, y para el gobierno de los profesores que ejerzan estas partes de la ciencia de curar en todo el Reino» y la «Real Orden de 14 de julio de 1827, por la que se reúnen los estudios de Medicina y Cirugía en una sola Junta».

En el preámbulo del Real Decreto citado, ya se exponen las ventajas y por tanto la voluntad política de unificar los estudios de Medicina y Cirugía en una sola disciplina. En el Capítulo XVI, artículo 7º, se establece que aquellos aspirantes al título de Médico-Cirujano, que no hubiesen aprobado el Bachiller en Filosofía en tres intentos, perderán los derechos de matrícula y se les permitirá el acceso para los estudios de Cirujano-Sangrador.

FOTO 8 Guía Teórico-Práctica del Sangrador, Dentista y Callista, 1848. Cofradía de San Cosme y San Damián

Con respecto a la regulación de los Cirujanos-Sangradores, en el Capítulo XXIV hace referencia a los Cirujanos-Sangradores y a las Matronas o Parteras. En el artículo 1º se establece que para poderse matricular en los Colegios deberán presentar su fe de bautismo, limpieza de sangre, información de buena vida y costumbres en los mismos términos que los que se matriculen para Médico-Cirujano y, además, deberán saber leer bien, escribir, las cuatro reglas de sumar, restar, multiplicar y partir, y la gramática castellana. Además, para poderse examinar, les es obligado justificar tres años de práctica con un Cirujano-Sangrador o Cirujano, bien sea en un hospital o fuera de él, adquirida antes o después de sus estudios en los Colegios. La duración de los estudios era de tres años y, una vez realizada la práctica se podrán revalidar de Cirujanos-Sangradores.

Los Cirujanos-Sangradores no podrán tratar enfermedades internas, tampoco recetar ningún medicamento interno, salvo en casos muy urgentes, pero mandando llamar urgentemente al Médico-Cirujano.

Con respecto a las Matronas este Reglamento establece que «Como algunas parturientas no quieren ser asistidas sino por Matronas ó Parteras, se hace indispensable que á estas se las dé la instruccion correspondiente para asistir a los partos naturales (pues no siendo absolutamente tales, deberán llamar inmediatamente á un Profesor que esté autorizado para ejercer este ramo de la Ciencia); y al efecto las que quieran obtener este titulo han de acreditar en debida forma, como se ha dicho respecto de la práctica de los Cirujanos-Sangradores, haber practicado la obstetricia por espacio de cuatro años con un Facultativo o Comadre aprobada ó bien dos años de práctica y dos de estudios en alguno de los Colegios de Medicina y Cirugía». En los organigramas que se conocen sobre el posicionamiento que ocupaban los Practicantes con respecto a la organización hospitalaria, en todos ellos funcionalmente dependían de los cirujanos, mientras que orgánicamente dependían, según los casos, de las Hijas de la Caridad, o de los Enfermeros Mayores u otros en función de la propiedad patrimonial del hospital.

Con la muerte de Fernando VII en el año 1833, Isabel II de Borbón llega al trono y bajo su reinado se produjeron importantes cambios en los Reales colegios y en los distintos planes de estudios de las ciencias del curar.

Así, en el año 1843 se publica una importante modificación de los planes de estudios y de las instituciones responsables de su impartición. Se aprobó el Real Decreto de 10 de octubre de ese mismo año y tuvo la denominación de Plan Mata, dado que fue este médico catalán, considerado como el creador de la medicina legal y forense, quien se responsabilizó de la redacción del citado plan de estudios.

Lo más destacado sin duda del nuevo plan de estudios queda recogido en la siguiente sinopsis:
1.- Se suprimen los Colegios de Medicina y Cirugía de Madrid, Barcelona y Cádiz, (Art. 1).
2.- Se establecen para las enseñanzas de la Medicina, Cirugía y Farmacia dos órdenes de Escuelas: Las Facultades y los Colegios (Art. 2).
3.- En las Facultades se enseñará la Medicina y la Cirugía como una sola profesión y la Farmacia (Art. 6).
4.- En los Colegios se enseñarán las materias necesarias para el ejercicio de la cirugía menor, de la obstetricia y de la medicina elemental. Esta profesión llevará una sola denominación «Practica del arte de curar» (Art. 30).
5.- Los estudios comprenderán cinco asignaturas: Anatomía descriptiva y fisiología, terapéutica, materia médica y arte de recetar; en el área quirúrgica: anatomía, patología, clínica y vendajes, patología médica, obstetricia y clínica de partos y por último, patología general, medicina legal y clínica médica (Art. 32).

Pero quizá lo más destacado de este Real Decreto con respecto a la profesión fue la redacción del artículo 48 en el que textualmente se recoge:
«Los prácticos en el arte de curar serán entre sí iguales en categoría, y solo podrán ejercer en todo el reino la cirugía menor y la obstetricia. En los pueblos donde no hubiese doctor en ciencias médicas ó en medicina, ó licenciado en esta última, les será lícito ejercer la medicina y cirugía en toda su extensión».

El denominado Plan Mata tuvo una vida efímera, en apenas cuatro años se produjeron una serie de normas que modificarían en lo fundamental el citado plan. Así, en primer lugar se publicó una Real Orden por la que se acuerda se suspendan los efectos del artículo 50 del Real Decreto de 10 de octubre de 1843, que trata de la conmutación de títulos de doctor en Medicina y Cirugía, posteriormente se aprobó un Real Decreto por el que se aprueba un nuevo plan general de estudios. En su Capítulo 3º se regulan las enseñanzas de las Facultades de Medicina, estableciendo en su artículo 27 la necesidad de establecer un Reglamento que regule las condiciones por las que se autorizará para ejercer la sangría y demás operaciones de la Cirugía Menor o Ministrante a los Practicantes que hubieran desempeñado ese cargo en los Hospitales.

FOTO 9 El Practicante, 1884. El Eco de las Matronas, 1898

Fue un periodo de tremenda confusión en lo referente a las titulaciones médicas. Así, se distinguen hasta trece clases de «profesores médicos» así como ocho variedades de cirujanos, y que el profesor Albarracín expone con meridiana claridad:

Año 1827.- Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía, Licenciado y Doctor en Medicina, Licenciado y Doctor en Cirugía Médica, Licenciado y Doctor en Cirugía, Cirujano Romancista, Cirujano Sangrador; Cirujano de pasantía y Partera o Matrona.
1836.- Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía; Licenciado y Doctor en Medicina, Cirujano de primera clase, Cirujano de segunda clase, Cirujano de tercera clase, Cirujano de cuarta clase y Partera o Matrona.
1843.- Doctor en Ciencias Médicas, Práctica en el arte de curar; Cirujano de cuarta clase y Partera o Matrona.
1845.- Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía, Cirujano de segunda clase, Partera o Matrona; Ministrante (1846).
1849.- Licenciado en Medicina (y cir.); Facultativo de segunda clase, Ministrante y Partera o Matrona.
1857.- Licenciado en Medicina (y cir.); Médico cirujano habilitado, Matrona, Practicante (1860).
1866.- Licenciado en Medicina (y cir.); Facultativo de segunda clase, Practicante y Partera o Matrona.

En este contexto se aprueban dos leyes que tuvieron una tremenda importancia para «la clase» de los Practicantes y su posterior sistema de organización colegial. La primera fue la Ley General de Sanidad de 28 de noviembre de 1855 por la que se anuncia la creación de los jurados médicos y de calificación. Así, se crean las Juntas provinciales de Sanidad y municipales en todos los pueblos que excedan de 1.000 almas (Art. 52). Tres años más tarde, ve la luz una Real Orden por la que se constituyen como tal. La segunda fue la Ley de 9 de septiembre de 1857 por la que se aprueba la Instrucción Pública, en la que se establece en su artículo 40 la supresión de las enseñanzas de Cirujano Menor o Ministrante, indicando que un reglamento determinará los conocimientos prácticos que se han de exigir a los que aspiren al título de Practicante y otro para las Matronas o Parteras.

Otras de las figuras precursoras de lo que hoy entendemos como profesión enfermera es la de Ministrante. A mediados del siglo XIX aparece esta nueva figura, sin duda efímera, pero que tuvo, a decir de algunos autores, no poca actividad profesional en el mundo de las profesiones auxiliares a la médica. Debo necesariamente citar en este apartado a dos enfermeros castellano-manchegos que, probablemente, sean de las plumas más prolijas en referencia a la historia de la enfermería, y en este caso concreto, en referencia a los ministrantes: el toledano Isidoro Jiménez Rodríguez y el ciudadrealeño Raúl Expósito González.

Con independencia de que su formalización legal se establece en el año 1846, se tiene referencia de estos profesionales desde el año 1552. Así «El Hermano Antón Martín de la Orden de San Juan de Dios, establece en la calle Atocha el Hospital del Amor de Dios, el primer nosocomio de efectos externos que se instala en Madrid, y que posteriormente albergaría una Escuela de cirujanos menores y ministrantes».

Los Ministrantes se crean por Real Orden de 29 de junio de 1846, por la que se dictan disposiciones relativas al Reglamento para ejercer la Cirugía menor o Ministrante. En el artículo 1º se establece que podrán aspirar a que se les conceda la autorización necesaria para ejercer la sangría y demás operaciones de cirugía menor o ministrante, según lo dispuesto en el artículo 27 del Plan de estudios vigente, los individuos que reúnan los siguientes requisitos: haber servido dos años o más el destino de practicante de cirugía en los hospitales de al menos cien camas; probar que han estudiado privadamente la flebotomía y el arte de aplicar al cuerpo humano los apósitos de toda clase usados en la medicina. En este sentido, deberá comprenderse en el estudio de la flebotomía todo lo relativo al arte de hacer evacuaciones sanguíneas, ya generales o tópicas, y los medios de remediar los accidentes que puedan sobrevenir durante la operación; y en el arte de los apósitos, los medios usados para aplicar a el cutis los cuerpos dotados de acción directamente medicamentosa, los diferentes medios de aplicar al exterior cuerpos de cualquiera clase, cuyos efectos en el cutis puedan ser considerados como medios de curación: los vendajes más comunes usados en medicina, y los diversos modos de inyectar sustancias medicamentosas por las vías naturales.

FOTO 10 La Lanceta, 1883. El Practicante Español, 1899

Probarán también haber seguido, al menos por seis meses con un cirujano dentista, la práctica de la parte de esta especialidad, relativa a limpiar la dentadura y extraer los dientes y muelas.

Desde el punto de vista de la organización corporativa, fue precisamente en este periodo en el que se produjeron los avances más importantes. Así, en 1862, cuando se constituyó en la capital de la Corte la Sociedad de Ministrantes, constituyendo un órgano de expresión denominado «La Voz de los Ministrantes: periódico dedicado a la instrucción y defensa de esta clase y la de los practicantes», y del que consta una colección completa de enero de 1864 a junio de 1867.

A falta de nuevas apariciones documentales que expresen lo contrario, todo parece indicar que esta fue la génesis de lo que hoy entendemos como Colegios Profesionales orientando sus estatutos a los socorros mutuos y el periódico a la instrucción y defensa de «la clase». Según se recoge en su Reglamento de constitución, que firman los señores Salvador Villanueva (director de la revista La Voz de los Ministrantes), Luciano López y Juan Solano, para ser miembro de esta corporación, no oficial todavía y por tanto voluntaria, había que abonar cuatro reales vellón al mes y 20 de entrada. En su articulado se establecen los criterios de ingreso, así como su organigrama (presidente, vicepresidente, administrador, secretario, tesorero y vocales), así como sus sistemas de funcionamiento en Juntas Generales.

De los Sangradores a los Practicantes
Sobre la figura del Sangrador, y aunque ya se ha citado el año 1797 como la fecha en que se dan instrucciones al tribunal examinador para habilitar la práctica de estos profesionales, se dispone de un número importante de referencias, incluso anteriores al siglo XVIII con su correspondiente respaldo legal proporcionado por distintos organismos.

Así, a finales del siglo XVI existían dos tipos de cirujanos, los llamados cirujanos latinistas que obtenían sus conocimientos en la universidad y sus enseñanzas se formalizaban en latín, y los cirujanos romancistas que se caracterizaban por recibir sus enseñanzas en castellano e incrementar sus conocimientos fuera del ámbito universitario a través, fundamentalmente, de la práctica diaria arropados por las enseñanzas de cirujanos examinados, razón por la que también se les denomina cirujanos empiristas. Pero los cirujanos romancistas no eran todos iguales, estaban los propiamente denominados romancistas que solo se dedicaban a las operaciones quirúrgicas y los cirujanos-barberos que se dedicaban a operaciones quirúrgicas de menor envergadura así como a realizar sangrías y arreglar pelos y barbas, siendo denominados sangradores aquellos que se dedicaban a la realización de sangrías una vez examinados por un médico o cirujano titulado.

Según Martín dice que entre los empiristas se encontraban también los litotomistas o «sacadores de piedras», los cuales se dedicaban a las enfermedades renales, los hernistas dedicados a la curación o reducción de hernias, los algebristas que son los actuales traumatólogos, los batidores de cataratas, los sacamuelas y las comadres, parteras o madrinas.

La obstetricia era también considerada como una profesión empírica de la que se encargaban fundamentalmente las mujeres. Todo parece indicar, según recoge el profesor Martín Santos que dada la religiosidad que se vivía en la época, se mostraba más interés en salvar la vida del nonato para bautizarle, que la de la propia madre. Así, recoge en el libro de difuntos de la Catedral de Valladolid, un hecho que afecta a una vecina de Toledo que se casó con un alguacil de Valladolid:
«En 9 de febrero de 1679 años, habiendo recibido los santos sacramentos con la extremaunción, murió en la Parroquia de la Santa Iglesia Catedral, María de Coveña, natural del Arzobispado de Toledo y mujer de José de Arbita, alguacil de esta ciudad. Estaba preñada de ocho meses y después de muerta, la abrieron y sacaron la criatura viva y el cirujano que la sacó la bautizó. Enterróse en dicha Santa Iglesia con la criatura, en la nave de Nuestra Señora del Sagrario. No hizo testamento, por no tener de qué. Y por ser verdad lo firmé dicho día, mes y año. Alonso Garrote Pardo».

El Protomedicato, órgano responsable de velar por la salud de los monarcas y del pueblo, como medida preventiva para evitar el intrusismo de profesionales no titulados, publicó una Providencia el 22 de enero de 1688 en la que textualmente se recoge:
«...que ningún cirujano romancista, ni sangrador, en los lugares que hubiere médico, pueda por sí hacer á los enfermos que asistiere evacuaciones, sangrías, ni recetar purgas ni otros medicamentos...pena que serán castigados conforme a derecho...».

Obsérvese que hace referencia a los lugares en los que no hubiere médico lo que sin duda viene a reconocer un hecho de todos sabido, incluidos como es lógico los legisladores, que en aquella época, un número importante de municipios españoles no disponían de médicos, lo que permitió a las denominadas clases auxiliares a la médica ir aumentando profesionalmente dado que, de hecho, eran la única autoridad sanitaria en determinados lugares.

FOTO 11 Carta que los Practicantes de España, envían al rey Alfonso XIII. El Practicante Toledano, 1921

Los libros de texto que debían conocer los Sangradores en esta época seguían un número de controles rigurosos. A modo de ejemplo citaré aquí los pasos que se siguieron en la publicación de D. Ricardo Le-Preux, primer cirujano y Sangrador de la Reyna y Examinador Mayor del Proto-Barberato, y cuyo título es: «Doctrina Moderna para los Sangradores, en la cual se trata de la flebotomía y arteriotomía: De la aplicación de las ventosas; las sanguijuelas: y las enfermedades de la Dentadura, que obligan à sacar Dientes, Colmillos, ò Muelas: con el arte de sacarlas».

En 1703 se aprueban las Ordenanzas Generales de Marina de la Sanidad Militar, en la que el Rey manda la exclusión de los barberos de las embarcaciones y su sustitución por cirujanos, quedando el organigrama del Cuerpo de Cirujanos de la Armada Real por orden de jerarquía de la siguiente forma:
Cirujano Mayor de la Armada (150 escudos).
Ayudante de Cirujano Mayor (50 escudos).
Boticario Inspector (35 escudos).
Maestro anatómico (50 escudos).
Cirujanos Primeros de la Armada (30 escudos).
Cirujanos Segundos de la Armada (21 escudos).
Cuchillero (25 escudos).
Barbero-Sangradores (según contrato).

Prueba de la preocupación que las autoridades políticas manifestaban con respecto al desarrollo de las profesiones auxiliares a la médica y las posibles consecuencias negativas que su práctica podrían tener en la población, S. M. El Rey Carlos III aprueba una Real Orden en el año 1762 instando a las autoridades judiciales a velar por el cumplimiento de las normas establecidas al respecto para evitar los casos de intrusismo que son denunciados en el Reino. Así, la norma recoge textualmente lo siguiente:
«Enterado el Rey de los graves inconvenientes, y perniciosas consecuencias, que resultan à la Salud Pública de el abuso con que en contravención à lo prevenido por la Ley primera, titulo diez y ocho, libro tercero de la Nueva Recopilación, se permite, y toleran y aun se protege por las Justicias del Reyno, que en los Pueblos practiquen el Arte de Sangradores, y las demàs sosas anexas à èl, muchos Sujetos, que no estàn examinados por el Tribunal del Proto-Barberato, ni tienen Titulo para ello, y especialmente aquellos, que se hallan en Tiendas abiertas solo para afeytar de Navaja, ò Tijera, no haviendo bastado à remediar estos excesos las repetidas Reales Ordenes, y Provisiones del Consejo expedidas à este sin, ni las continuadas providencias del Proto-Barberato: Manda Su Majestad, que por el Consejo se dèn las mas estrechas ordenes à todas las Justicias del Reyno, advirtiendoles de lo referido, y que con el mas vigilante cuidado zelen en sus respectivos Pueblos se observe la expresada Ley de la Recopilación; pues de continuar como hasta aquí el referido abuso, tomará Su Majestad la mas severa providencia con las mismas Justicias, que le permitan, toleren, ò protejan».

Sin duda, las constituciones y ordenanzas de los distintos hospitales establecidos en España son una de las fuentes más importantes de información para conocer y profundizar sobre esta figura. Así, las ordenanzas para el gobierno de los Reales Hospitales General y de la Pasión de Madrid, aprobadas por El Rey Carlos III en el año 1780, en sus ordenanzas, refiere en su capítulo VIII la siguiente referencia a los Sangradores:
«Para que los Practicantes de los Hospitales tengan en ellos algun ascenso, que los estimúle al mayor adelantamiento, y aplicacion, interin se presentan vacantes, à que su Profesion los destina; se establecen cinco plazas de Sangradores, tres en el General, y dos en el de la Pasion, que deben recaer en los Practicantes mas sobresalientes, y que su merito les haga acreedores; para cuya eleccion precederá examen del Cirujano Mayor, é informe de su antiguedad, vida, y contumbres, y el méthodo, que hayan observado en la asistencia, y alivio de los pobres enfermos. Y además, harán por sí, y presenciarán las sangrias, que se receten en los Hospitales».

Siguiendo este orden cronológico y como ya se ha citado anteriormente, en el año 1797 se publica la Real Cédula de S. M. El Rey Carlos IV por la que se establece el “título de sangrador”. A partir de esta formalización de los estudios de los Sangradores toda modificación producida en los planes de estudios que afectan a la medicina, afectan como es lógico, a los sangradores, lo cual no deja de ser una progresiva implantación de su papel en la sociedad.

FOTO 12 Junta del Colegio de Practicantes de la Provincia de Toledo

Otra Real Cédula de S.M. el Rey en este caso de 6 de mayo de 1804, por la que se aprueban y mandan observar las Ordenanzas generales formadas para el régimen escolástico y económico de los Reales Colegios de Cirugía, y gobierno de esta Facultad en todo el reino. En el Capítulo XVI se hace referencia a los «Exámenes de revalida para los licenciados en Cirugía, para los Cirujanos, Sangradores y Parteras» y, en el Capítulo XVIII se hace referencia a las «Penas de los que exerzan la Cirugía sin título, prerogativas, facultades y exenciones de los Cirujanos aprobados, y de los Sangradores y Parteras».

José Siles, reconocido y prestigioso investigador sobre el papel jugado por la enfermera española, hace referencia al Sangrador en los siguientes términos:
«Otro personaje que figura como destacado miembro del entramado sanitario, desde mucho antes de su oficialización en 1827, mediante Real Decreto de 16 de junio, aprobando el Reglamento para Reales Colegios de Medicina y Cirugía para el Gobierno de las profesiones de Ciencias de Curar, en el de Sangrador. El cirujano sangrador como profesional sanitario, representa una figura que se potencia durante la segunda década del siglo XIX. A este desarrollo de los sangradores no es ajena la influencia de Pedro Castelló y Ginesta, a la sazón, cirujano de cámara de Fernando VII ligado desde sus orígenes al oficio de barbero y dentista. La odontología se adscribe al campo competencial de los sangradores mediante la Real Orden de 6 de mayo de 1804. Pero, con anterioridad, ya se hacían menciones a dichos profesionales».

El Real Decreto de 16 de junio, al que el profesor Siles hace referencia, es importante contextualizarlo, dado que establece el Reglamento para el régimen científico, económico, e interior de los reales Colegios de Medicina y Cirugía, y para el gobierno de los profesores que ejerzan estas partes de la ciencia de curar en todo el Reino. Este Reglamento se refiere, en su Capítulo XXIV a los Cirujanos-Sangradores, así como a las Matronas o Parteras, y en el Capítulo XXV, se hace referencia al título que deberían obtener los Cirujanos-Sangradores (Art. 5º) y al título de las Matronas o Parteras (Art. 6º) y apenas un mes después, se aprobó la Real Orden de 14 de julio de 1827, por la que se «reúnen los estudios de Medicina y Cirugía en una sola Junta».

El “título de ministrante” que es sinónimo de Sangrador, Cirujano Menor o Practicante pero que «… a pesar de su marcado carácter quirúrgico, cabe considerarle como una de las figuras que han sido antecedente de la actual Enfermería».

Esta Real Orden estuvo vigente hasta que se aprobó la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857 en la que, en su artículo 40, se establece la desaparición de estas enseñanzas y la de cirugía menor, para crear la figura del Practicante.

Esta figura se crea en un momento, mediados del siglo XIX, en el que la proliferación de titulaciones era motivo de debate en el ámbito académico, profesional y social, llegando incluso a debatirse una proposición de ley en las Cortes españolas presentada por los señores diputados Herrera y Ortiz de Zárate, que fue ampliamente contestada por el también diputado señor Méndez Álvaro, quien no dudó en denominar dicha proposición en «prevaricada metamorfosis de convertir a los Cirujanos en Médicos, y de los Ministrantes y Practicantes en lo mismo».

Los cometidos que tendría esta nueva figura sería la realización de sangrías generales o tópicas, la aplicación de medicamentos al exterior así como las inyecciones de sustancias medicamentosas por vías naturales, poner toda clase de cáusticos o cauterios y hacer escarificaciones, limpiar la dentadura y extraer dientes y muelas (el arte de dentista), así como el arte de callista, atender los accidentes que pudieran derivarse de las evacuaciones sanguíneas y los vendajes más frecuentes en medicina.

Con respecto a las aplicaciones de las vacunas, todo parece indicar que existía un vacío legal lo que provocó que Juan Labordeta solicitara a las autoridades que se pronunciaran al respecto, lo que provocó la publicación de una Real Orden por la que se establece que, mientras se organice definitivamente la profesión de sangrador, y se establezca la forma y límites con que ha de ejercerse, se considera que los ministrantes están facultados para aplicar vacunas siempre que un profesor de medicina o cirugía lo disponga o no halle inconveniente que contraindique la operación en la persona que haya de ser vacunada.

Los primeros medios de comunicación profesional
Las denominadas profesiones auxiliares a la médica, como no podía ser de otra manera, se miraban en el espejo médico no solo en los contenidos profesionales de su quehacer diario, sino también en su sistema organizativo y cómo no, en sus medios de comunicación profesional.

FOTO 13 Anuncios comerciales

La clase médica en el periodo comprendido entre 1834 y 1868 fundó unas 200 revistas profesionales y, tras la revolución de 1869 y la estabilidad que supuso la restauración, el crecimiento fue aún mayor, así, entre 1868 y 1918 se fundaron en total 414 revistas médicas y «la clase» de Practicantes y Matronas iniciaron sus publicaciones ligadas a los primeros intentos de creación de organizaciones colegiales.

Así, al importante desarrollo organizativo al que se acaba de hacer referencia en el apartado anterior, le sobrevino, como a cualquier otra organización de estas características, un número importante de disputas, diferencias y divisiones que, de alguna manera, formaban parte de este entramado profesional. Así, y a modo de ejemplo, los redactores de El Practicante (Zaragoza) mantenían un serio contencioso con La Lanceta de Barcelona y El Defensor del Practicante de Madrid. Sirvan estos dos párrafos como muestra de la confrontación:
«El exceso de originalidad y de tener que dedicar nuestras columnas á algo útil para la clase, nos impide contestar hoy cual se merecen á La Lanceta y á El Defensor…..(¿De qué?)

Respecto a este último, le diremos que el despecho de los pequeños y la impotencia de los tontos, son los únicos móviles que pueden impulsar á escribir pornográficamente y calumniar á quien se contenta con despreciar cual se merece á entidad tan… inocente».

FOTO 14 Personalidades que propiciaron la edición de El Practicante Toledano, páginas 142 y 143

En cualquier caso, y con independencia de las disputas entre los distintos órganos de expresión de «la clase», que nos es imposible analizar en profundidad toda vez que no existen colecciones completas de los citados periódicos, sorprende el tremendo esfuerzo de los Practicantes por dotarse de órganos de expresión que les permita coordinarse, conocer las vicisitudes por las que tenían que pasar los Practicantes en una España poblacionalmente muy dispersa y hacer llegar a las autoridades sus reivindicaciones más sentidas.

Así, a los periódicos ya citados se les unen otros no menos importantes como El Eco de las Matronas, dentistas, callistas y Practicantes de Cirugía, revista privada del Dr. Doménech, editada en Barcelona y, aunque el primer número localizado es de 1 de agosto de 1898, corresponde a una segunda época en la que figura «año IV», haciéndose eco en su editorial, que esta publicación vio la luz en su primera época el 1 de enero de 1893 y mantuvo su actividad durante los años 1894 y 1895.

También ve la luz a finales del siglo XIX un «semanario ilustrado» denominado El Fígaro Moderno: Órgano de la peluquería, cirugía menor, artes e industrias similares, en el que también se trata de los problemas de «la clase». Todo parece indicar que su primer número vio la luz en julio del año 1897 dado que, en el primer número localizado, el número 125 de 4 de diciembre de 1899 y que además, en la portada figura 3º año.

Si bien en el semanario no figura el nombre del director, en el Boletín de Colegios de Practicantes de Medicina y Cirugía nº 2 de 15 de diciembre de 1907, en su página 14 se hace referencia a una necrológica de D. Santiago Ruiz y le nombra como fundador del Fígaro Moderno.

Por último, aparece otra publicación que tuvo un gran impacto en «la clase» denominada El Practicante Español: Periódico profesional. Órgano defensor de la clase de Practicantes, privada también, editada en Arévalo de la Sierra (Soria) y cuyos directores fueron los señores Federico Oñate López y Pedro Díaz Domínguez.

FOTO 15 “Más de cien años cuidando”. Colegio Oficial de Enfermería de Toledo

Este periódico ve la luz un 11 de mayo de 1899, su periodicidad es semanal, y necesariamente hay que volver a incidir en la dificultad de mantener una publicación semanal a finales del siglo XIX y que según parece, perduró en el tiempo hasta 1909, toda vez que en el Boletín de los Colegios de Practicantes de Medicina y Cirugía nº 21 del mes de julio de 1909 se publica un artículo titulado «Paz a los muertos» en el que se recoge lo siguiente: «Ha muerto para la luz pública El Practicante Español, sin embargo, en ese mismo Boletín de noviembre de 1915, se hace referencia al señor Ramiro de la Llana al que se le atribuye lo siguiente: “regentó el periódico de 1907 a 1911”».

Ramiro de la Llana fue miembro del equipo de redacción desde sus orígenes, junto con Sebastián Martínez y Martínez, autor de un magnífico trabajo que se ha convertido en necesaria referencia para todos los estudiosos de la profesión: «Recopilación de los Reglamentos, Reales Decretos y Programas de las carreras de Practicantes y Matronas» publicado en 1902 (Álvarez, 2008), y otros defensores de «la clase» a los que desde este modesto trabajo se les quiere rendir un merecido homenaje, me refiero a los señores Ángel Caro y Lázaro, Rafael Hozue, Roque Santacruz Ortiz, Margarito Corman, Pedro Díaz Domínguez y Federico Oñate López.

Fotos
Todas las fotos están escaneadas del Libro del Centenario de Colegio Oficial de Enfermería de Toledo

Bibliografía
Libro del Centenario. Más de cien años de Historia. Colegio Oficial de Enfermería de Toledo

Manuel Solórzano Sánchez
Graduado en Enfermería. Servicio de Traumatología. Hospital Universitario Donostia de San Sebastián. OSI- Donostialdea. Osakidetza- Servicio Vasco de Salud
Insignia de Oro de la Sociedad Española de Enfermería Oftalmológica 2010. SEEOF
Miembro de Enfermería Avanza
Miembro de Eusko Ikaskuntza / Sociedad de Estudios Vascos
Miembro de la Red Iberoamericana de Historia de la Enfermería
Miembro de la Red Cubana de Historia de la Enfermería
Miembro Consultivo de la Asociación Histórico Filosófica del Cuidado y la Enfermería en México AHFICEN, A.C.
Miembro no numerario de la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País. (RSBAP)

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