Autores:
Carlos Álvarez Nebreda y José Miguel Álvarez Moya. Coordinación: Junta de
Gobierno del Colegio Oficial de
Enfermería de Toledo y AsComunicación
(y maquetación). Elaboración administrativa: Mª José Ibáñez Colás. Búsquedas documentales y análisis
historiográficos: Diego García Climent,
Marina Aparicio Vicente y Mariano García Ruipérez.
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1 Portada y contraportada del Libro del Centenario: Más de cien años de
Historia. Colegio Oficial de Enfermería de Toledo
Está
dividido en ocho capítulos. En el primero: Antecedentes remotos. En el segundo:
la Organización Colegial desde la regulación de la figura del Practicante y de
la Matrona en 1857 hasta finales del siglo XIX. En el tercero: la Organización
Colegial desde 1900 hasta 1929. Origen del Colegio de Practicantes de Toledo en
1903. En el cuarto: la Organización Colegial desde la colegiación obligatoria
hasta su unificación en 1953. En el quinto: del Ayudante Técnico Sanitario al
Diplomado de Enfermería (1953 – 1977). En el sexto: de la entrada en la
Universidad hasta la publicación de los reales decretos de grado y postgrado.
En el séptimo: galería de personalidades y en el octavo: el Colegio en la
actualidad.
Máximo González Jurado
decía en el prólogo que al
escribir estas letras, en forma de prólogo, y hacerlo por la encomienda que se
me ha realizado para ello en mi calidad de Presidente del Consejo General de
Enfermería, debo expresar, en primer lugar, mi más sincero agradecimiento a
todos cuantos con esfuerzo, compromiso y un alto grado de capacitación han
hecho posible, a través del tiempo, nada menos que una centuria, la excelente
vertebración de tan Ilustre Colegio como lo es el de Toledo y, con ello, su
contribución permanente al prestigio y desarrollo progresivo de la profesión
enfermera.
Hablar del Colegio de Enfermería de
Toledo es evocar cien años de ilusión, compromiso, profesionalidad y
excelencia. Estas son las notas que configuran su carta de presentación:
fomento de la ciencia, cultivo de la conciencia profesional y compromiso con el
conjunto de la sociedad.
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2 Portadas de la Constitución de la
Hermandad del Hospital de la Misericordia de la ciudad de Toledo, 1629. Real Cédula
de 1827 sobre la creación de los Reales Colegios de Medicina y Cirugía
Me
gustaría recordar aquí una frase de alguien que todos nosotros conocemos muy
bien: ¡Florence Nightingale!, quien
afirma hasta qué punto “lo importante no
es lo que nos hace el destino, sino lo que nosotros hacemos de él”.
El
Colegio de Enfermería de Toledo, cuyo centenario conmemoramos, ha sido y sigue
siendo ese instrumento en torno al cual se ha ido construyendo buena parte de
nuestro presente y sobre el cual recaen hoy no pocas responsabilidades en la
construcción de nuestro futuro.
Cien
años de historia han conseguido crear un lugar de encuentro, de debate, un
camino de excelencia en el que los principios y valores éticos y deontológicos
han fraguado en lo que ahora vemos y que el propio Colegio tiene a gala en
anunciar: “Nuestro objetivo es la defensa
y promoción de los legítimos intereses particulares de los Enfermeros y
Enfermeras, y su conciliación con el interés social y los derechos de los
usuarios”.
Estoy convencido
de que esa línea corporativa, educativa elegida hace ahora cien años ya no es
un mero objetivo sino que se ha transformado en el convencimiento de que no hay
otro horizonte que el paciente, no hay otro compromiso que el paciente, no hay
otro futuro que el que nos distingue como cuidadores, esto es, como aquellos a
los que se nos ha encargado, “promover”, “cultivar” la vida.
Nuestro reconocimiento al Colegio de
Enfermería de Toledo, a sus sucesivos responsables a lo largo de estos cien
años de historia y, desde luego, nuestro homenaje más sentido al conjunto de
las enfermeras y enfermeros; gracias a ellos contamos con una institución viva,
simbólica y rica de experiencias vitales.
Roberto Martín Ramírez,
Presidente del Colegio de Enfermería de Toledo decía:
Es para mí un honor presentar esta obra
que resume, de forma minuciosa y bien documentada, la labor realizada por el
Colegio de Enfermería de Toledo en sus cien años de historia y, precisamente
por este motivo, permítanme que estas primeras líneas estén dedicadas a
formalizar mi más sentido reconocimiento a los cientos de profesionales
toledanos que, a lo largo de estos cien años de historia, han dedicado gran
parte de su tiempo a transformar esta apasionante profesión en un instrumento
útil y reconocido por todas las instituciones y magníficamente valorada por la
propia ciudadanía.
Como
dice uno de los autores en la presentación de la obra, cien años de historia no
están al alcance de cualquiera, pero lo más importante no es solo la pervivencia
de la Institución a lo largo de estos cien años, sino que fue una organización
puntera, que se mantuvo activa durante todo este tiempo, con un sistema
organizativo descentralizado en el ámbito de la provincia que fue ejemplo para
otros Colegios Provinciales. Se dotó de un órgano de expresión propio, El Practicante Toledano, cuya obra
completa está custodiada en la sede colegial y, uno de sus presidentes, el
señor Fernando González Iniesta,
llegó incluso a ser presidente de la Federación Nacional de Colegios de
Practicantes, el equivalente a nuestro Consejo General de Enfermería de hoy.
Francoise Colière, enfermera y antropóloga francesa
fallecida recientemente (2005), establece cuatro etapas que enmarcan el
desarrollo de la profesión enfermera: la doméstica, la vocacional, la técnica y
la profesional. Sin duda, los Colegios Profesionales de Enfermería han
intervenido de forma muy significativa en el desarrollo de la profesión en
estas dos últimas etapas, la técnica y la profesional.
Es
conveniente recordar aquí que, en esta provincia, junto con el de Toledo existieron también Colegios de
Practicantes en Madridejos, Orgaz, Ocaña, Navahermosa y Torrijos, cuando la organización
territorial de la provincia estaba dividida en Partidos y no fue hasta 1929 cuando,
mediante Real Orden, se estableció el Colegio de Toledo como referente
provincial al que se fusionaron todos los demás.
Los
practicantes toledanos fueron vanguardistas en todas las actividades que
generaron esta importantísima transformación de la profesión enfermera. Así, en
el ámbito organizativo, hace cien años que se constituyó el Colegio de Toledo,
que fue pionero en España en este tipo de iniciativas. Pero además, aportamos
asociaciones en cinco grandes municipios ya citados, cuando ni siquiera en las
capitales de más de 45 provincias estaban constituidos los Colegios.
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3 Portadas de la Real Cédula de 1797
sobre los exámenes a Cirujanos y Sangradores. Real Cédula de 1804 sobre la
creación de los Reales Colegios de Cirugía
Participamos también de forma muy activa
en la creación de la Federación de Practicantes de Castilla la Nueva en el año
1921 y, un año después, en la creación de la Federación de Castilla la Nueva y
Extremadura, elaborando sus Estatutos de funcionamiento interno en el año 1923,
y manteniendo un importantísima relación institucional reuniéndose con el
entonces Ministro de la Guerra, General Weyler.
En el
ámbito de las publicaciones, editó su primer boletín informativo el 15 de agosto de 1921: El Practicante Toledano. En aquella
época solo se editaban seis publicaciones en todo el Estado español: El Boletín Oficial de los Colegios Unidos
(del Consejo Nacional), El Practicante
Gaditano, El Practicante Almeriense,
El Auxiliar Médico de Jerez, El Practicante Navarro y los Boletines de Practicantes y Matronas de
Valencia, a los que aprovecho desde esta presentación para mandarles mi más
sincero reconocimiento.
Este
importante impulso que los practicantes toledanos dieron a la profesión, les
fue reconocido nombrando a nuestro colega Fernando
González Iniesta presidente de la Federación Nacional de Practicantes de
España en el año 1923.
El
Colegio de Toledo participó en todas las Asambleas Generales de Practicantes,
desde la primera de 1903 hasta las más recientes, planteando iniciativas y
haciendo suyas todas aquellas que llevaron a nuestra profesión a estar presente
no solo en instituciones sanitarias, sino también en las zonas rurales, en las
fábricas, en el Ejército, en la Armada, en los buques de la marina mercante y
en los ferrocarriles.
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4 Las Siete Partidas de Alfonso X El
Sabio
Asimismo,
participó e hizo suyas iniciativas que llevaron a la protección social de «la
clase», estableciendo Montepíos, Socorros Mutuos para proteger a los
profesionales y sus familias ante contingencias negativas como la enfermedad,
la invalidez, la viudedad o la orfandad.
Participó
de forma muy activa en la iniciativa del Consejo
Nacional de las Clases Auxiliares para la unificación de los Practicantes,
Enfermeras y Matronas en un solo cuerpo profesional, el Ayudante Técnico
Sanitario y, posteriormente, en la estrategia que nos llevó a incorporarnos a
la Universidad. De este periodo ya de nuestra etapa más reciente, considero
preciso reconocer algunas gestiones realizadas por compañeros toledanos que,
sin duda, contribuyeron a la mejora de la profesión en nuestra provincia.
Al final de la década de los 70, cuando
era Presidente del Colegio de Toledo nuestro querido compañero Francisco López Cortés, gestionó la
unificación de las tres secciones de Practicantes, Enfermeras y Matronas
modificando la denominación del Colegio en Colegio Oficial de ATS de la
Provincia de Toledo. Una década más tarde, el compañero Pedro Añó Sanz envió una carta al entonces consejero de Educación y
Cultura y años más tarde presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha D. José María Barreda Fontes, poniéndole de manifiesto el agravio que
representaba para esta profesión que Toledo fuera la única provincia de
Castilla-La Mancha que no disponía de una Escuela de Enfermería propia,
teniéndose que desplazar nuestros estudiantes a otras provincias limítrofes.
Ambos se comprometieron por escrito a trabajar juntos para conseguir una
Escuela de Enfermería en Toledo, y así fue apenas dos años después del inicio
de las gestiones.
FOTO 5 IV Asamblea General de
Practicantes 1907
Por
último, no puedo dejar de mencionar en esta presentación, la importantísima
labor realizada por la Organización Colegial en su conjunto, por su contumaz
defensa y estrategia seguida para la consecución de normas legales que avalan
el papel de la enfermería en tres grandes áreas, que sin duda sentarán las
bases que cambiarán completamente el desarrollo de nuestra profesión en este
siglo: La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y el desarrollo de
las Especialidades y el Grado en Enfermería. Se nos concede por primera vez en
la historia de la profesión la condición de profesión sanitaria, cuyas
funciones las llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica, y sus
criterios estarán basados en la evidencia científica.
Solo me resta felicitar a los autores de
la obra por esta ingente labor documental que hoy nos brinda y que, sin duda,
servirá de base a cuantos hacen de la profesión enfermera un motivo de estudio
e investigación, consiguiendo nuevos hallazgos que den más luz sobre el
desarrollo de nuestra profesión.
Para
entender la obra en su conjunto hay una serie de variables que es importante
tener presentes a lo largo de su lectura. Quizá, la más importante y esencial
es que lo que hoy entendemos como enfermera es, al menos desde un punto de
vista legal, la unión de una serie de profesiones y oficios que, tras
diferentes normativas de distinto rango, han ido homologando sus funciones y
denominaciones hasta lo que hoy conocemos como enfermera. Así, sangradores,
flebotomianos, ministrantes, cirujanos menores, callistas, practicantes,
enfermeras, podólogos, fisioterapeutas, matronas, parteras y comadres, confluyeron
todos en una sola denominación: la de Ayudante Técnico Sanitario, que
posteriormente homologó su denominación por la de Enfermera.
Debe
también tenerse en cuenta que, por el carácter auxiliar de la profesión y la
precaria situación económica y laboral de los Practicantes, es muy corriente en
todos los Colegios de España encontrarnos con periodos de tiempo más o menos
largos en los que no había noticias de ello. Su no oficialidad les obligaba a
ejercer de forma voluntarista, sin medios y, por tanto, cualquier situación
personal, fallecimiento, traslado, o dedicación a un trabajo que le restaba
tiempo, significaba el fin de la institución. Todo esto cambió radicalmente a
partir de la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de la profesión
a finales de 1929.
Los
practicantes, enfermeras y matronas, tradicionalmente, y así lo ponían de
manifiesto en todos sus congresos y asambleas, reivindicaban tener Colegios
Oficiales como los médicos, en parte por esa admiración que siempre han
manifestado sobre sus profesores, los médicos, y también como solución a sus
males corporativos dado que les garantizaba una organización estable y de
ámbito nacional. La organización territorial de los Colegios es otro de los
aspectos a tener en cuenta. Hasta la creación de los Colegios Oficiales en
1929, se constituían Colegios allá donde hubiera un grupo de colegas
voluntariosos con ganas y medios para organizarse, formar un boletín y tener
posibilidades de viajar para organizarse con otros municipios y provincias.
Así, en el caso de Toledo, siempre hubo Colegio en la capital que compartió
objetivos con otros como los de Torrijos, Seseña, Sonseca, Orgaz, Navahermosa,
estructurados por distritos. Pero hubo varias provincias en España que no
disponían de Colegio en la Capital, cuando sí lo tenían en municipios de menor
entidad: es el caso del Colegio de Denia, cuando no lo había en Alicante;
Tortosa, cuando no lo había en Tarragona; o Benavente, cuando no lo había en
Zamora.
Hay
tres fechas importantes en los orígenes y evolución de la organización colegial
en Toledo que sin duda merezca la pena resaltar: la primera es la Constitución
del primer Colegio de Practicantes de Toledo, el 5 de agosto de 1903; la
segunda, es la edición de un boletín denominado El Practicante Toledano, el 15
de agosto de 1921; y la tercera, el nombramiento de su Presidente, el señor
Fernando González Iniesta, como Presidente de la Federación Nacional de
Practicantes de España, en sesión celebrada el 12 de octubre de 1923 en Madrid.
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6 Sociedad Ministrantes. 1864 La Voz de los Ministrantes número 1
Son tres hechos singulares íntimamente
relacionados entre ellos. Así, no podemos olvidar que cuando se constituyó el
Colegio de Toledo en 1903, fue pionero, vanguardista y ejemplo para otros
muchos Colegios de España. Así, en ese año sólo de Madrid, Sevilla, Barcelona,
Valencia, Zaragoza, Málaga y Cádiz se tenían noticias de la existencia de
Colegios de Practicantes; con respecto a la operatividad y actividad de los
mismos, junto con El Practicante Toledano, sólo había en España tres Revistas de
«la clase»: El Boletín Colegio de
Practicantes de Medicina y Cirugía, órgano oficial de la Federación
Nacional de Practicantes que se publicaba en Madrid; El Médico, el Practicante y
la Matrona y El Practicante Gaditano.
Además, el hecho de que junto con el Colegio de la capital, hubiera varios más
en la provincia, mereció el reconocimiento de la gran mayoría de Asambleas de
Colegios, culminándose este reconocimiento con el nombramiento del que fuera presidente
del Colegio de Toledo como presidente de la Federación Nacional de Practicantes
de España.
A
partir de 1929, en que se constituye la colegiación obligatoria para el
ejercicio profesional, el crecimiento de la organización colegial en su
conjunto en toda España fue exponencial, si obviamos el triste camino recorrido
durante el alzamiento militar contra la República y posterior guerra civil, en
la que los Colegios Oficiales de Practicantes casi desaparecieron.
Fue a
la conclusión de esta contienda cuando se volvieron a instaurar los Colegios
Oficiales bajo la denominación de Auxiliares Sanitarios, con secciones para
Practicantes, Matronas y Enfermeras y, posteriormente se unificaron en una
única denominación: la de Colegios Oficiales de A.T.S. de España y,
posteriormente, de Enfermería.
Puede
decirse, sin lugar a dudas, que en estos cien años de historia del Colegio de
Toledo no ha habido un solo movimiento profesional que no haya sido defendido,
reivindicado e incluso canalizado a través de la Organización Colegial de
Enfermería de España, en la que de forma siempre activa, participó el Colegio
de Toledo. Así, la presencia de la Enfermería en las fábricas y talleres, en
los botiquines de los buques mercantes, en el Ejército y en la Marina, en las Beneficencias,
en las prisiones, en las zonas rurales (A.P.D.), en los psiquiátricos, en las
Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en la negociación de los
planes de estudios, en la universidad, la presencia institucional en el Consejo
Internacional de Enfermería (C.I.E.), de la que llegamos a ostentar la
Vicepresidencia, en el desarrollo de las Especialidades, en la elaboración de
las normas que afectan a la profesión enfermera como es el caso de la Ley de
Ordenación de la Profesiones Sanitarias, se ha construido su propio Código
Deontológico, y como logro más reciente, la consecución del Grado en cuatro
años sin título intermedio para toda la Enfermería que reivindicó esta
organización desde 1995.
Dice Diego Gracia, Catedrático de
Bioética de la Universidad Complutense de Madrid, que profesiones como tal solo
hay tres: la médica, que tiene que ver con los problemas del cuerpo; la
eclesiástica, que tiene que ver con los problemas del alma; y la jurídica, que
dirime los problemas entre el cuerpo y el alma. Para añadir a continuación que,
incluso la arquitectura, es un oficio que con el devenir de los tiempos tornó
en profesión. Pues bien, puede afirmarse con la cabeza bien alta que la Enfermería fue un oficio que con el
devenir de los tiempos tornó en profesión y, sin duda, esta Organización que
hoy cumple cien años puede sentirse orgullosa de haber sido una parte
importante en esta evolución. Así nos lo cuenta Carlos Álvarez Nebreda.
Antecedentes
remotos
«En
España, durante gran parte de la Edad Media médicos y cirujanos eran
considerados “físicos” hasta que por
medio del Fuero Real de 1225 los médicos pasaron a denominarse exclusivamente
físicos y los cirujanos “maestros de
llagas”».
Estos «maestros cirujanos» de toga larga
estudiaban en los Colegios de Cirugía, eran clericales y conocedores del latín,
lengua en que estaban escritos los grandes tratados médicos y por ello son
conocidos como cirujanos latinos.
Por debajo de estos se encontraban los cirujanos
romancistas o de ropa corta, no hablaban el latín y con frecuencia eran
iletrados. La pasantía al lado de un cirujano aprobado o en un hospital era el
único modo de aprender el oficio. Más abajo en el escalafón se encontraban los cirujanos–barberos relegados a las
cirugías menores tales como sacar muelas, poner ventosas, realizar sangrías que
venían siendo desempeñadas por los barberos de la Península desde antes de la
cristiandad, funciones que continuaron desarrollando tras la entrada del
cristianismo en España», así nos lo cuenta el experto en el tema Raúl Expósito.
De los
Sangradores, se tiene constancia documental en la provincia de Toledo a través
de los Reglamentos del Hospital de la
Misericordia en el año 1459 gracias a un magnífico trabajo financiado por
el Fondo de Investigaciones Sanitarias de la Comunidad de Castilla-La Mancha
(FISCAM) y que fue publicado por el Colegio Oficial de Enfermería de Albacete,
en el que textualmente se recoge (Sánchez, Ortega, Elbal, 1996).
«…......
Sangrador que a de ser para la dicha
cassa a de ser examinado y muy buen oficial que tenga experiencia en el oficio
de sangrar y que biba e more cerca de dicho hospital para que pueda acudir a
tiempo a hacer su oficio en las necesidades de los enfermos».
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7 Doctrina moderna para los Sangradores 1717. Constituciones y Ordenanzas para
el gobierno de los Reales Hospitales General y de La Pasión
Siguiendo el orden cronológico,
nuevamente tenemos que hacer referencia al Hospital
de la Misericordia1
de
Toledo. En el año 1629 se
publican las «Constituciones de la Hermandad del Hospital de la Misericordia de
la ciudad de Toledo, nuevamente añadidas, enmendadas, y recopiladas por los
señores Conde de Villa Umbrosa, y Conde de Mora, y Licenciado Christoual Ruiz
de Mouellan, y Eugenio de Sufunaga, Hermanos de dicho Hospital, y por comisión
de la dicha Hermandad». En estas Ordenanzas se recoge que en la plantilla del
hospital figuraban dos médicos, un cirujano, un boticario, un barbero y tres
enfermeros, «dos para fisica y el uno
para la çirugía y una enfermera para la sala de las mugeres…».
Con
respecto a las funciones del oficio de Enfermero
Mayor se establece lo siguiente:
«El Enfermero Mayor es oficio de mucha
importancia para la buena administración y gobierno de las enfermerías, y de
los pobres enfermos que en ellas se ha de curar, por lo cual importa mucho, que
para ello se elija un señor hermano de mucha caridad. Y ansi ordenamos y
mandaos, que el dicho enfermero mayor tenga especial cuydado en visitar por su
persona muy a menudo las enfermerias, y enfermos dellas por lo menos una vez
cada semana, y que si estan limpias las enfermerías, y que no se consienta aya
mal olor en ellas de la inmundicia de las camas, y de los servicios, y orinales
de los enfermos, y ordene lo que fuere menester, para que todo este limpio, y
que los enfermeros, y enfermera, asistan siempre con sus enfermos, y orden lo
que fuere menester, y que los apiaden con mucha caridad, viendo ansimismo como
guardan las Constituciones de sus oficios, e informandose de secreto de los
propios enfermos, si son bien acariciados, curados, y regalados dellos de noche
y de dia, y si les dan medicinas y comidas a sus tiempos.
Que vea si tienen el ropon y pantuflos,
orinal, y jarro de agua, y toalleta para la comida, y lo que desto faltare, se
haga y se compre: y quando faltare ropones y pantuflos, los haga hazer de los
diez mil maravedis que para este efecto dexaró en cada un año los señores Basco
de Acuña, y doña Mencia de Ayala su muger».
Por otro lado, los Reyes Católicos
realizaron un tremendo esfuerzo normativo para reordenar toda la legislación
existente con respecto a las funciones examinadoras, formativas e incluso
competenciales de los médicos, cirujanos, sangradores, barberos y boticarios.
Debe tenerse en cuenta, como bien dice el profesor Ventosa al hacer referencia
a la enfermería en los siglos XV - XVIII que «la sociedad española se compone de algo más de ocho millones de
habitantes. Población preferentemente rural, con ciudades escasamente pobladas,
factor que favorece el ejercicio de las prácticas médicas empíricas y
pervivencia de recursos curadores-supersticiosos». Es por esto que los
Reyes Católicos se marcan un doble objetivo, por un lado, proteger a la
población de charlatanes y visionarios y por otro, ordenar las profesiones
sanitarias de la época dotándolas de órganos superior en competencias
formativas, examinadoras, interviniendo en asuntos de mala praxis e intrusismo
y asesorando también a las autoridades políticas y judiciales.
Así pasamos al año 1827 que se publican
dos normas de indudable valor para la medicina en general y para los
sangradores en particular. Así, se aprueba el Real Decreto de 16 de junio de
1827, «por el que se establece el
Reglamento para el régimen científico, económico, e interior de los reales
Colegios de Medicina y Cirugía, y para el gobierno de los profesores que
ejerzan estas partes de la ciencia de curar en todo el Reino» y la «Real Orden de 14 de julio de 1827, por la
que se reúnen los estudios de Medicina y Cirugía en una sola Junta».
En el
preámbulo del Real Decreto citado, ya se exponen las ventajas y por tanto la
voluntad política de unificar los estudios de Medicina y Cirugía en una sola
disciplina. En el Capítulo XVI, artículo 7º, se establece que aquellos
aspirantes al título de Médico-Cirujano, que no hubiesen aprobado el Bachiller
en Filosofía en tres intentos, perderán los derechos de matrícula y se les
permitirá el acceso para los estudios de Cirujano-Sangrador.
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8 Guía Teórico-Práctica del Sangrador, Dentista y Callista, 1848. Cofradía de
San Cosme y San Damián
Con
respecto a la regulación de los Cirujanos-Sangradores, en el Capítulo XXIV hace
referencia a los Cirujanos-Sangradores
y a las Matronas o Parteras. En el artículo 1º se
establece que para poderse matricular en los Colegios deberán presentar su fe
de bautismo, limpieza de sangre, información de buena vida y costumbres en los
mismos términos que los que se matriculen para Médico-Cirujano y, además,
deberán saber leer bien, escribir, las cuatro reglas de sumar, restar,
multiplicar y partir, y la gramática castellana. Además, para poderse examinar,
les es obligado justificar tres años de práctica con un Cirujano-Sangrador o
Cirujano, bien sea en un hospital o fuera de él, adquirida antes o después de
sus estudios en los Colegios. La duración de los estudios era de tres años y,
una vez realizada la práctica se podrán revalidar de Cirujanos-Sangradores.
Los
Cirujanos-Sangradores no podrán tratar enfermedades internas, tampoco recetar
ningún medicamento interno, salvo en casos muy urgentes, pero mandando llamar
urgentemente al Médico-Cirujano.
Con respecto a las Matronas este
Reglamento establece que «Como algunas
parturientas no quieren ser asistidas sino por Matronas ó Parteras, se hace
indispensable que á estas se las dé la instruccion correspondiente para asistir
a los partos naturales (pues no siendo absolutamente tales, deberán llamar
inmediatamente á un Profesor que esté autorizado para ejercer este ramo de la
Ciencia); y al efecto las que quieran obtener este titulo han de acreditar en
debida forma, como se ha dicho respecto de la práctica de los Cirujanos-Sangradores,
haber practicado la obstetricia por espacio de cuatro años con un Facultativo o
Comadre aprobada ó bien dos años de práctica y dos de estudios en alguno de los
Colegios de Medicina y Cirugía». En los organigramas que se conocen sobre
el posicionamiento que ocupaban los Practicantes con respecto a la organización
hospitalaria, en todos ellos funcionalmente dependían de los cirujanos,
mientras que orgánicamente dependían, según los casos, de las Hijas de la
Caridad, o de los Enfermeros Mayores u otros en función de la propiedad
patrimonial del hospital.
Con la
muerte de Fernando VII en el año 1833, Isabel II de Borbón llega al trono y
bajo su reinado se produjeron importantes cambios en los Reales colegios y en
los distintos planes de estudios de las ciencias del curar.
Así, en
el año 1843 se publica una importante modificación de los planes de estudios y
de las instituciones responsables de su impartición. Se aprobó el Real Decreto
de 10 de octubre de ese mismo año y tuvo la denominación de Plan Mata, dado que
fue este médico catalán, considerado como el creador de la medicina legal y
forense, quien se responsabilizó de la redacción del citado plan de estudios.
Lo más
destacado sin duda del nuevo plan de estudios queda recogido en la siguiente
sinopsis:
1.-
Se suprimen los
Colegios de Medicina y Cirugía de Madrid, Barcelona y Cádiz, (Art. 1).
2.- Se establecen para las enseñanzas de
la Medicina, Cirugía y Farmacia dos órdenes de Escuelas: Las Facultades y los
Colegios (Art. 2).
3.- En las Facultades se enseñará la
Medicina y la Cirugía como una sola profesión y la Farmacia (Art. 6).
4.- En los Colegios se enseñarán las
materias necesarias para el ejercicio de la cirugía menor, de la obstetricia y
de la medicina elemental. Esta profesión llevará una sola denominación
«Practica del arte de curar» (Art. 30).
5.- Los estudios comprenderán cinco
asignaturas: Anatomía descriptiva y fisiología, terapéutica, materia médica y
arte de recetar; en el área quirúrgica: anatomía, patología, clínica y vendajes,
patología médica, obstetricia y clínica de partos y por último, patología
general, medicina legal y clínica médica (Art. 32).
Pero
quizá lo más destacado de este Real Decreto con respecto a la profesión fue la
redacción del artículo 48 en el que textualmente se recoge:
«Los prácticos en el arte de curar serán
entre sí iguales en categoría, y solo podrán ejercer en todo el reino la
cirugía menor y la obstetricia. En los pueblos donde no hubiese doctor en
ciencias médicas ó en medicina, ó licenciado en esta última, les será lícito
ejercer la medicina y cirugía en toda su extensión».
El denominado Plan Mata tuvo una vida
efímera, en apenas cuatro años se produjeron una serie de normas que
modificarían en lo fundamental el citado plan. Así, en primer lugar se publicó
una Real Orden por la que se acuerda se suspendan los efectos del artículo 50
del Real Decreto de 10 de octubre de 1843, que trata de la conmutación de
títulos de doctor en Medicina y Cirugía, posteriormente se aprobó un Real
Decreto por el que se aprueba un nuevo plan general de estudios. En su Capítulo
3º se regulan las enseñanzas de las Facultades de Medicina, estableciendo en su
artículo 27 la necesidad de establecer un Reglamento que regule las condiciones
por las que se autorizará para ejercer la sangría y demás operaciones de la
Cirugía Menor o Ministrante a los Practicantes que hubieran desempeñado ese
cargo en los Hospitales.
FOTO 9 El Practicante, 1884. El Eco de las Matronas, 1898
Fue un
periodo de tremenda confusión en lo referente a las titulaciones médicas. Así,
se distinguen hasta trece clases de «profesores médicos» así como ocho
variedades de cirujanos, y que el profesor Albarracín expone con meridiana
claridad:
Año 1827.-
Licenciado y Doctor en
Medicina y Cirugía, Licenciado y Doctor en Medicina, Licenciado y Doctor en
Cirugía Médica, Licenciado y Doctor en Cirugía, Cirujano Romancista, Cirujano
Sangrador; Cirujano de pasantía y Partera o Matrona.
1836.-
Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía; Licenciado y Doctor en Medicina,
Cirujano de primera clase, Cirujano de segunda clase, Cirujano de tercera
clase, Cirujano de cuarta clase y Partera o Matrona.
1843.-
Doctor en Ciencias Médicas, Práctica en el arte de curar; Cirujano de cuarta
clase y Partera o Matrona.
1845.-
Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía, Cirujano de segunda clase, Partera o
Matrona; Ministrante (1846).
1849.-
Licenciado en Medicina (y cir.); Facultativo de segunda clase, Ministrante y
Partera o Matrona.
1857.-
Licenciado en Medicina (y cir.); Médico cirujano habilitado, Matrona,
Practicante (1860).
1866.-
Licenciado en Medicina (y cir.); Facultativo de segunda clase, Practicante y
Partera o Matrona.
En este
contexto se aprueban dos leyes que tuvieron una tremenda importancia para «la
clase» de los Practicantes y su posterior sistema de organización colegial. La
primera fue la Ley General de Sanidad de 28 de noviembre de 1855 por la que se
anuncia la creación de los jurados médicos y de calificación. Así, se crean las
Juntas provinciales de Sanidad y municipales en todos los pueblos que excedan
de 1.000 almas (Art. 52). Tres años más tarde, ve la luz una Real Orden por
la que se constituyen como tal. La segunda fue la Ley de 9 de septiembre de
1857 por la que se aprueba la Instrucción Pública, en la que se establece en su
artículo 40 la supresión de las enseñanzas de Cirujano Menor o Ministrante,
indicando que un reglamento determinará los conocimientos prácticos que se han
de exigir a los que aspiren al título de Practicante y otro para las Matronas o
Parteras.
Otras
de las figuras precursoras de lo que hoy entendemos como profesión enfermera es
la de Ministrante. A mediados del
siglo XIX aparece esta nueva figura, sin duda efímera, pero que tuvo, a decir
de algunos autores, no poca actividad profesional en el mundo de las
profesiones auxiliares a la médica. Debo necesariamente citar en este apartado
a dos enfermeros castellano-manchegos que, probablemente, sean de las plumas
más prolijas en referencia a la historia de la enfermería, y en este caso
concreto, en referencia a los ministrantes: el toledano Isidoro Jiménez Rodríguez y el ciudadrealeño Raúl Expósito González.
Con
independencia de que su formalización legal se establece en el año 1846, se
tiene referencia de estos profesionales desde el año 1552. Así «El Hermano Antón Martín de la Orden de San
Juan de Dios, establece en la calle Atocha el Hospital del Amor de Dios, el primer nosocomio de efectos externos
que se instala en Madrid, y que posteriormente albergaría una Escuela de
cirujanos menores y ministrantes».
Los Ministrantes
se crean por Real Orden de 29 de junio de 1846, por la que se dictan
disposiciones relativas al Reglamento para ejercer la Cirugía menor o Ministrante.
En el artículo 1º se establece que podrán aspirar a que se les conceda la
autorización necesaria para ejercer la sangría y demás operaciones de cirugía
menor o ministrante, según lo dispuesto en el artículo 27 del Plan de estudios
vigente, los individuos que reúnan los siguientes requisitos: haber servido dos
años o más el destino de practicante de cirugía en los hospitales de al menos
cien camas; probar que han estudiado privadamente la flebotomía y el arte de
aplicar al cuerpo humano los apósitos de toda clase usados en la medicina. En
este sentido, deberá comprenderse en el estudio de la flebotomía todo lo
relativo al arte de hacer evacuaciones sanguíneas, ya generales o tópicas, y
los medios de remediar los accidentes que puedan sobrevenir durante la
operación; y en el arte de los apósitos, los medios usados para aplicar a el
cutis los cuerpos dotados de acción directamente medicamentosa, los diferentes
medios de aplicar al exterior cuerpos de cualquiera clase, cuyos efectos en el
cutis puedan ser considerados como medios de curación: los vendajes más comunes
usados en medicina, y los diversos modos de inyectar sustancias medicamentosas
por las vías naturales.
FOTO 10 La Lanceta, 1883. El Practicante Español, 1899
Probarán
también haber seguido, al menos por seis meses con un cirujano dentista, la
práctica de la parte de esta especialidad, relativa a limpiar la dentadura y
extraer los dientes y muelas.
Desde
el punto de vista de la organización corporativa, fue precisamente en este
periodo en el que se produjeron los avances más importantes. Así, en 1862,
cuando se constituyó en la capital de la Corte la Sociedad de Ministrantes, constituyendo un órgano de expresión
denominado «La Voz de los Ministrantes:
periódico dedicado a la instrucción y defensa de esta clase y la de los
practicantes», y del que consta una colección completa de enero de 1864 a
junio de 1867.
A falta de nuevas apariciones
documentales que expresen lo contrario, todo parece indicar que esta fue la
génesis de lo que hoy entendemos como Colegios Profesionales orientando sus
estatutos a los socorros mutuos y el periódico a la instrucción y defensa de
«la clase». Según se recoge en su Reglamento de constitución, que firman los
señores Salvador Villanueva (director de la revista La Voz de los
Ministrantes), Luciano López y Juan Solano, para ser miembro de esta
corporación, no oficial todavía y por tanto voluntaria, había que abonar cuatro
reales vellón al mes y 20 de entrada. En su articulado se establecen los
criterios de ingreso, así como su organigrama (presidente, vicepresidente,
administrador, secretario, tesorero y vocales), así como sus sistemas de
funcionamiento en Juntas Generales.
De los Sangradores a
los Practicantes
Sobre
la figura del Sangrador, y aunque ya se ha citado el año 1797 como la fecha en
que se dan instrucciones al tribunal examinador para habilitar la práctica de
estos profesionales, se dispone de un número importante de referencias, incluso
anteriores al siglo XVIII con su correspondiente respaldo legal proporcionado
por distintos organismos.
Así, a finales del siglo XVI existían
dos tipos de cirujanos, los llamados cirujanos
latinistas que obtenían sus conocimientos en la universidad y sus
enseñanzas se formalizaban en latín, y los cirujanos
romancistas que se caracterizaban por recibir sus enseñanzas en castellano
e incrementar sus conocimientos fuera del ámbito universitario a través,
fundamentalmente, de la práctica diaria arropados por las enseñanzas de
cirujanos examinados, razón por la que también se les denomina cirujanos
empiristas. Pero los cirujanos romancistas no eran todos iguales, estaban los
propiamente denominados romancistas que solo se dedicaban a las operaciones
quirúrgicas y los cirujanos-barberos que se dedicaban a operaciones quirúrgicas
de menor envergadura así como a realizar sangrías y arreglar pelos y barbas,
siendo denominados sangradores aquellos que se dedicaban a la realización de
sangrías una vez examinados por un médico o cirujano titulado.
Según
Martín dice que entre los empiristas se encontraban también los litotomistas o «sacadores de piedras», los cuales se dedicaban a las enfermedades
renales, los hernistas dedicados a
la curación o reducción de hernias, los algebristas
que son los actuales traumatólogos, los batidores
de cataratas, los sacamuelas y
las comadres, parteras o madrinas.
La obstetricia
era también considerada como una profesión empírica de la que se encargaban
fundamentalmente las mujeres. Todo parece indicar, según recoge el profesor
Martín Santos que dada la religiosidad que se vivía en la época, se mostraba
más interés en salvar la vida del nonato para bautizarle, que la de la propia
madre. Así, recoge en el libro de difuntos de la Catedral de Valladolid, un
hecho que afecta a una vecina de Toledo que se casó con un alguacil de
Valladolid:
«En 9 de febrero de 1679 años, habiendo
recibido los santos sacramentos con la extremaunción, murió en la Parroquia de
la Santa Iglesia Catedral, María de Coveña, natural del Arzobispado de Toledo y
mujer de José de Arbita, alguacil de esta ciudad. Estaba preñada de ocho meses
y después de muerta, la abrieron y sacaron la criatura viva y el cirujano que
la sacó la bautizó. Enterróse en dicha Santa Iglesia con la criatura, en la
nave de Nuestra Señora del Sagrario. No hizo testamento, por no tener de qué. Y
por ser verdad lo firmé dicho día, mes y año. Alonso Garrote Pardo».
El Protomedicato, órgano responsable de
velar por la salud de los monarcas y del pueblo, como medida preventiva para
evitar el intrusismo de profesionales no titulados, publicó una Providencia el
22 de enero de 1688 en la que textualmente se recoge:
«...que
ningún cirujano romancista, ni sangrador, en los lugares que hubiere médico,
pueda por sí hacer á los enfermos que asistiere evacuaciones, sangrías, ni
recetar purgas ni otros medicamentos...pena que serán castigados conforme a
derecho...».
Obsérvese
que hace referencia a los lugares en los que no hubiere médico lo que sin duda
viene a reconocer un hecho de todos sabido, incluidos como es lógico los
legisladores, que en aquella época, un número importante de municipios
españoles no disponían de médicos, lo que permitió a las denominadas clases
auxiliares a la médica ir aumentando profesionalmente dado que, de hecho, eran
la única autoridad sanitaria en determinados lugares.
FOTO
11 Carta que los Practicantes de España, envían al rey Alfonso XIII. El
Practicante Toledano, 1921
Los
libros de texto que debían conocer los Sangradores
en esta época seguían un número de controles rigurosos. A modo de ejemplo
citaré aquí los pasos que se siguieron en la publicación de D. Ricardo Le-Preux, primer cirujano y
Sangrador de la Reyna y Examinador Mayor del Proto-Barberato, y cuyo título es:
«Doctrina Moderna para los Sangradores,
en la cual se trata de la flebotomía y arteriotomía: De la aplicación de las
ventosas; las sanguijuelas: y las enfermedades de la Dentadura, que obligan à
sacar Dientes, Colmillos, ò Muelas: con el arte de sacarlas».
En 1703
se aprueban las Ordenanzas Generales de Marina de la Sanidad Militar, en la que
el Rey manda la exclusión de los barberos de las embarcaciones y su sustitución
por cirujanos, quedando el organigrama del Cuerpo de Cirujanos de la Armada
Real por orden de jerarquía de la siguiente forma:
Cirujano
Mayor de la Armada (150 escudos).
Ayudante
de Cirujano Mayor (50 escudos).
Boticario
Inspector (35 escudos).
Maestro
anatómico (50 escudos).
Cirujanos
Primeros de la Armada (30 escudos).
Cirujanos
Segundos de la Armada (21 escudos).
Cuchillero
(25 escudos).
Barbero-Sangradores (según contrato).
Prueba
de la preocupación que las autoridades políticas manifestaban con respecto al
desarrollo de las profesiones auxiliares a la médica y las posibles
consecuencias negativas que su práctica podrían tener en la población, S. M. El
Rey Carlos III aprueba una Real
Orden en el año 1762 instando a las autoridades judiciales a velar por el
cumplimiento de las normas establecidas al respecto para evitar los casos de
intrusismo que son denunciados en el Reino. Así, la norma recoge textualmente
lo siguiente:
«Enterado el Rey de los graves
inconvenientes, y perniciosas consecuencias, que resultan à la Salud Pública de
el abuso con que en contravención à lo prevenido por la Ley primera, titulo
diez y ocho, libro tercero de la Nueva Recopilación, se permite, y toleran y
aun se protege por las Justicias del Reyno, que en los Pueblos practiquen el
Arte de Sangradores, y las demàs sosas anexas à èl, muchos Sujetos, que no
estàn examinados por el Tribunal del Proto-Barberato, ni tienen Titulo para
ello, y especialmente aquellos, que se hallan en Tiendas abiertas solo para
afeytar de Navaja, ò Tijera, no haviendo bastado à remediar estos excesos las
repetidas Reales Ordenes, y Provisiones del Consejo expedidas à este sin, ni
las continuadas providencias del Proto-Barberato: Manda Su Majestad, que por el
Consejo se dèn las mas estrechas ordenes à todas las Justicias del Reyno,
advirtiendoles de lo referido, y que con el mas vigilante cuidado zelen en sus
respectivos Pueblos se observe la expresada Ley de la Recopilación; pues de
continuar como hasta aquí el referido abuso, tomará Su Majestad la mas severa
providencia con las mismas Justicias, que le permitan, toleren, ò protejan».
Sin duda, las constituciones y
ordenanzas de los distintos hospitales establecidos en España son una de las
fuentes más importantes de información para conocer y profundizar sobre esta
figura. Así, las ordenanzas para el gobierno de los Reales Hospitales General y de la Pasión de Madrid, aprobadas por
El Rey Carlos III en el año 1780, en sus ordenanzas, refiere en su capítulo
VIII la siguiente referencia a los Sangradores:
«Para que los Practicantes de los Hospitales
tengan en ellos algun ascenso, que los estimúle al mayor adelantamiento, y
aplicacion, interin se presentan vacantes, à que su Profesion los destina; se
establecen cinco plazas de Sangradores, tres en el General, y dos en el de la
Pasion, que deben recaer en los Practicantes mas sobresalientes, y que su
merito les haga acreedores; para cuya eleccion precederá examen del Cirujano
Mayor, é informe de su antiguedad, vida, y contumbres, y el méthodo, que hayan
observado en la asistencia, y alivio de los pobres enfermos. Y además, harán
por sí, y presenciarán las sangrias, que se receten en los Hospitales».
Siguiendo
este orden cronológico y como ya se ha citado anteriormente, en el año 1797 se
publica la Real Cédula de S. M. El Rey Carlos
IV por la que se establece el “título de sangrador”. A partir de
esta formalización de los estudios de los Sangradores toda modificación
producida en los planes de estudios que afectan a la medicina, afectan como es
lógico, a los sangradores, lo cual no deja de ser una progresiva implantación
de su papel en la sociedad.
FOTO
12 Junta del Colegio de Practicantes de la Provincia de Toledo
Otra
Real Cédula de S.M. el Rey en este caso de 6 de mayo de 1804, por la que se
aprueban y mandan observar las Ordenanzas generales formadas para el régimen
escolástico y económico de los Reales Colegios de Cirugía, y gobierno de esta
Facultad en todo el reino. En el Capítulo XVI se hace referencia a los «Exámenes de revalida para los licenciados en
Cirugía, para los Cirujanos, Sangradores y Parteras» y, en el Capítulo XVIII
se hace referencia a las «Penas de los
que exerzan la Cirugía sin título, prerogativas, facultades y exenciones de los
Cirujanos aprobados, y de los Sangradores y Parteras».
José Siles, reconocido y prestigioso investigador
sobre el papel jugado por la enfermera española, hace referencia al Sangrador
en los siguientes términos:
«Otro
personaje que figura como destacado miembro del entramado sanitario, desde
mucho antes de su oficialización en 1827, mediante Real Decreto de 16 de junio,
aprobando el Reglamento para Reales Colegios de Medicina y Cirugía para el
Gobierno de las profesiones de Ciencias de Curar, en el de Sangrador. El
cirujano sangrador como profesional sanitario, representa una figura que se
potencia durante la segunda década del siglo XIX. A este desarrollo de los
sangradores no es ajena la influencia de Pedro Castelló y Ginesta, a la sazón,
cirujano de cámara de Fernando VII ligado desde sus orígenes al oficio de
barbero y dentista. La odontología se adscribe al campo competencial de los
sangradores mediante la Real Orden de 6 de mayo de 1804. Pero, con
anterioridad, ya se hacían menciones a dichos profesionales».
El Real
Decreto de 16 de junio, al que el profesor Siles hace referencia, es importante
contextualizarlo, dado que establece el Reglamento para el régimen científico,
económico, e interior de los reales Colegios de Medicina y Cirugía, y para el
gobierno de los profesores que ejerzan estas partes de la ciencia de curar en
todo el Reino. Este Reglamento se refiere, en su Capítulo XXIV a los
Cirujanos-Sangradores, así como a las Matronas o Parteras, y en el Capítulo
XXV, se hace referencia al título que deberían obtener los
Cirujanos-Sangradores (Art. 5º) y al título de las Matronas o Parteras (Art. 6º)
y apenas un mes después, se aprobó la Real Orden de 14 de julio de 1827, por la
que se «reúnen los estudios de Medicina y Cirugía en una sola Junta».
El “título
de ministrante” que es sinónimo de Sangrador, Cirujano Menor o Practicante
pero que «… a pesar de su marcado
carácter quirúrgico, cabe considerarle como una de las figuras que han sido
antecedente de la actual Enfermería».
Esta
Real Orden estuvo vigente hasta que se aprobó la Ley de Instrucción Pública de
9 de septiembre de 1857 en la que, en su artículo 40, se establece la
desaparición de estas enseñanzas y la de cirugía menor, para crear la figura
del Practicante.
Esta
figura se crea en un momento, mediados del siglo XIX, en el que la
proliferación de titulaciones era motivo de debate en el ámbito académico,
profesional y social, llegando incluso a debatirse una proposición de ley en
las Cortes españolas presentada por los señores diputados Herrera y Ortiz de
Zárate, que fue ampliamente contestada por el también diputado señor Méndez
Álvaro, quien no dudó en denominar dicha proposición en «prevaricada
metamorfosis de convertir a los Cirujanos en Médicos, y de los Ministrantes y
Practicantes en lo mismo».
Los
cometidos que tendría esta nueva figura sería la realización de sangrías
generales o tópicas, la aplicación de medicamentos al exterior así como las
inyecciones de sustancias medicamentosas por vías naturales, poner toda clase
de cáusticos o cauterios y hacer escarificaciones, limpiar la dentadura y
extraer dientes y muelas (el arte de dentista), así como el arte de callista,
atender los accidentes que pudieran derivarse de las evacuaciones sanguíneas y
los vendajes más frecuentes en medicina.
Con respecto a las aplicaciones de las
vacunas, todo parece indicar que existía un vacío legal lo que provocó que Juan
Labordeta solicitara a las autoridades que se pronunciaran al respecto, lo que
provocó la publicación de una Real Orden
por la que se establece que, mientras se
organice definitivamente la profesión de sangrador, y se establezca la forma y
límites con que ha de ejercerse, se considera que los ministrantes están
facultados para aplicar vacunas siempre que un profesor de medicina o cirugía
lo disponga o no halle inconveniente que contraindique la operación en la
persona que haya de ser vacunada.
Los
primeros medios de comunicación profesional
Las
denominadas profesiones auxiliares a la médica, como no podía ser de otra
manera, se miraban en el espejo médico no solo en los contenidos profesionales
de su quehacer diario, sino también en su sistema organizativo y cómo no, en
sus medios de comunicación profesional.
FOTO
13 Anuncios comerciales
La clase médica en el periodo comprendido entre 1834 y 1868 fundó
unas 200 revistas profesionales y, tras la revolución de 1869 y la estabilidad
que supuso la restauración, el crecimiento fue aún mayor, así, entre 1868 y
1918 se fundaron en total 414 revistas médicas y «la clase» de Practicantes y
Matronas iniciaron sus publicaciones ligadas a los primeros intentos de
creación de organizaciones colegiales.
Así,
al importante desarrollo organizativo al que se acaba de hacer referencia en el
apartado anterior, le sobrevino, como a cualquier otra organización de estas
características, un número importante de disputas, diferencias y divisiones
que, de alguna manera, formaban parte de este entramado profesional. Así, y a
modo de ejemplo, los redactores de El Practicante (Zaragoza) mantenían un serio
contencioso con La Lanceta de Barcelona y El Defensor del Practicante de
Madrid. Sirvan estos dos párrafos como muestra de la confrontación:
«El exceso de originalidad y de tener que
dedicar nuestras columnas á algo útil para la clase, nos impide contestar hoy
cual se merecen á La Lanceta y á El Defensor…..(¿De qué?)
Respecto a este último, le diremos que
el despecho de los pequeños y la impotencia de los tontos, son los únicos
móviles que pueden impulsar á escribir pornográficamente y calumniar á quien se
contenta con despreciar cual se merece á entidad tan… inocente».
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14 Personalidades que propiciaron la edición de El Practicante Toledano,
páginas 142 y 143
En cualquier caso, y con independencia de las disputas entre los
distintos órganos de expresión de «la clase», que nos es imposible analizar en
profundidad toda vez que no existen colecciones completas de los citados
periódicos, sorprende el tremendo esfuerzo de los Practicantes por dotarse de órganos de expresión que les permita
coordinarse, conocer las vicisitudes por las que tenían que pasar los
Practicantes en una España poblacionalmente muy dispersa y hacer llegar a las
autoridades sus reivindicaciones más sentidas.
Así, a los periódicos ya citados se les
unen otros no menos importantes como El
Eco de las Matronas, dentistas, callistas y Practicantes de Cirugía,
revista privada del Dr. Doménech, editada en Barcelona y, aunque el primer
número localizado es de 1 de agosto de 1898, corresponde a una segunda época en
la que figura «año IV», haciéndose eco en su editorial, que esta publicación
vio la luz en su primera época el 1 de enero de 1893 y mantuvo su actividad
durante los años 1894 y 1895.
También
ve la luz a finales del siglo XIX un «semanario ilustrado» denominado El Fígaro Moderno: Órgano de la
peluquería, cirugía menor, artes e industrias similares, en el que también se
trata de los problemas de «la clase». Todo parece indicar que su primer número
vio la luz en julio del año 1897 dado que, en el primer número localizado, el
número 125 de 4 de diciembre de 1899 y que además, en la portada figura 3º año.
Si
bien en el semanario no figura el nombre del director, en el Boletín de
Colegios de Practicantes de Medicina y Cirugía nº 2 de 15 de diciembre de 1907,
en su página 14 se hace referencia a una necrológica de D. Santiago Ruiz y le
nombra como fundador del Fígaro Moderno.
Por
último, aparece otra publicación que tuvo un gran impacto en «la clase»
denominada El Practicante Español:
Periódico profesional. Órgano defensor de la clase de Practicantes, privada
también, editada en Arévalo de la Sierra (Soria) y cuyos directores fueron los
señores Federico Oñate López y Pedro Díaz Domínguez.
FOTO 15 “Más de cien años cuidando”. Colegio
Oficial de Enfermería de Toledo
Este
periódico ve la luz un 11 de mayo de 1899, su periodicidad es semanal, y
necesariamente hay que volver a incidir en la dificultad de mantener una
publicación semanal a finales del siglo XIX y que según parece, perduró en el
tiempo hasta 1909, toda vez que en el Boletín de los Colegios de Practicantes
de Medicina y Cirugía nº 21 del mes de julio de 1909 se publica un artículo
titulado «Paz a los muertos» en el que se recoge lo siguiente: «Ha muerto para la luz pública El Practicante
Español, sin embargo, en ese mismo Boletín de noviembre de 1915, se hace
referencia al señor Ramiro de la Llana al que se le atribuye lo siguiente:
“regentó el periódico de 1907 a 1911”».
Ramiro de
la Llana fue miembro del equipo de redacción
desde sus orígenes, junto con Sebastián
Martínez y Martínez, autor de un magnífico trabajo que se ha convertido en
necesaria referencia para todos los estudiosos de la profesión: «Recopilación
de los Reglamentos, Reales Decretos y Programas de las carreras de Practicantes
y Matronas» publicado en 1902 (Álvarez, 2008), y otros defensores de «la clase»
a los que desde este modesto trabajo se les quiere rendir un merecido homenaje,
me refiero a los señores Ángel Caro y
Lázaro, Rafael Hozue, Roque Santacruz Ortiz, Margarito Corman, Pedro Díaz Domínguez y Federico
Oñate López.
Fotos
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Libro del Centenario de Colegio Oficial de Enfermería de Toledo
Bibliografía
Libro
del Centenario. Más de cien años de Historia. Colegio Oficial de Enfermería de
Toledo
Manuel Solórzano Sánchez
Graduado en
Enfermería. Servicio de Traumatología. Hospital Universitario Donostia de San
Sebastián. OSI- Donostialdea. Osakidetza- Servicio Vasco de Salud
Insignia de Oro
de la Sociedad Española de Enfermería Oftalmológica 2010. SEEOF
Miembro de
Enfermería Avanza
Miembro de Eusko
Ikaskuntza / Sociedad de Estudios Vascos
Miembro de la
Red Iberoamericana de Historia de la Enfermería
Miembro de la
Red Cubana de Historia de la Enfermería
Miembro
Consultivo de la Asociación Histórico Filosófica del Cuidado y la Enfermería en
México AHFICEN, A.C.
Miembro no
numerario de la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País. (RSBAP)
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